Las leyes vigentes , la directiva 123/2006, la ley omnibus y paraguas parecen que tarde pero comienzan su andadura.
Los Colegios de Economistas de España, y a empiezan a emitir circulares mediante las cuales ya indican lo que sabíamos todos en materia de la jurisdicción social: que ya pueden intervenir en el juicio de lo social los economistas y cualquier persona e incluso el interesado en defensa de sus derechos sin ser obligatoria la presencia o intervención del Abogado y Procurador.
Esto no sólo se concilia con la legislación y el derecho positivo interno sino con los tratados internacionales que indican como base el derecho a la defensa por uno mismo y a la no obligatoriedad de profesionales que uno no quiere, ni quiere pagar.
Muchas jurisdicciones ya contemplaban esto , pero era prácticamente imposible el ejercicio de estos derechos, ahora la gran batalla está en subir a los estrados, se debe considerar un sitio privilegiado para la injusticia y para mantener privilegios sin sentido.
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