miércoles, 24 de octubre de 2012

Las leyes vigentes , la directiva 123/2006, la ley omnibus y paraguas parecen que tarde pero comienzan su andadura.


Los Colegios de Economistas de España, y a empiezan a emitir circulares mediante las cuales ya indican lo que sabíamos todos  en materia de la jurisdicción social: que ya pueden intervenir en el juicio de lo social los economistas y cualquier persona e incluso el interesado en defensa de sus derechos sin ser obligatoria la presencia o intervención del Abogado y Procurador.

Esto no sólo se concilia con la legislación y el derecho positivo interno sino con los tratados internacionales que indican como base el derecho a la defensa por uno mismo y a la no obligatoriedad de profesionales que uno no quiere, ni quiere pagar.

Muchas jurisdicciones ya contemplaban esto , pero era prácticamente imposible el ejercicio de estos derechos, ahora la gran batalla está en subir a los estrados, se debe considerar un sitio privilegiado para la injusticia y para mantener privilegios sin sentido.

EL CAMPO PROFESIONAL DEL PSICOPEDAGOGO COMO ORIENTADOR PROFESIONAL

Autor : José Luis Sánchez Arcos. Orientador laboral, Psicopedagogo.

¿Es necesaria la Orientación Profesional?. Parece ser que sí. En una sociedad en lo que el cambio y la transformación en múltiples aspectos de la vida, en particular en aquellos relacionados con la Educación y el Trabajo, forman parte de nuestra rutina y, cada vez más, nos pare cotidiano. Además, en este contexto Europeo donde nos encontramos inmersos, se observa que la Orientación Profesional (en adelante O.P.) está presente, y posee cierto peso, en las sociedades más avanzadas de nuestro entorno. El fruto de todo lo anteriormente expuesto es que podemos suponer que las personas necesitarán herramientas que les permitan afrontar esa evolución, no sólo en lo educativo y/o Laboral (por eso mismo hablamos de Orientación Profesional, y no de Orientación Laboral, ni de Orientación Vocacional; porque el término O. Profesional abarca no sólo aspectos del ámbito Laboral, sino de elementos relacionados con la vida de la persona: sus problemas personales, sus inquietudes, aspiraciones, su personalidad, su planificación a lo largo y ancho de su vida (concepto omnipresente en la Literatura del campo de la Orientación Profesional a nivel Europeo).
Esta complejidad hace que las competencias profesionales del Psicopedagogo/a cobren sentido y significado. Su formación le ha permitido poner en armonía las aspectos más significativos del área de la Psicología con los de la Pedagogía, y es en esto mismo donde radica su riqueza. El titulado en Psicopedagogía, tanto por su formación académica anterior (al ser una Titulación de segundo ciclo, era requisito haberse graduado anteriormente en Magisterio, Educación Social, Trabajo Social…) como por las competencias profesionales y conocimientos adquiridos a través de materias específicas del ámbito de la Orientación Profesional (la asignatura de “Modelos de Orientación e Intervención Psicopedagógica” o la materia “Orientación Profesional”) se erige como un profesional potencialmente muy preparado para desarrollar la labor de O.P., labor a la que acceden por propia motivación intrínseca (se trata de un camino lleno de experiencias y decisiones que van guiando al profesional hacia la O.P., en muchas ocasiones casi sin proponérselo) aunque es imprescindible y absolutamente necesario seguir formándose en este campo profesional y adquirir paulatinamente las competencias profesionales que caracterizan profesional de la O.P.
En este sentido, sería muy enriquecedor para el Psicopedagogo/a especializarse en la Orientación Profesional destinada a determinados colectivos. A modo de ejemplo, resulta interesante la O.P. dirigida a mujeres con cargas familiares, jóvenes menores de 30 años, inmigrantes con problemas de inserción sociolaboral, personas con discapacidad, ya sea física o intelectual; y a trabajadores provenientes de sectores en crisis, entre otros.
Por otro lado, el campo profesional del Psicopedagogo como Orientador es complejo. No obstante, a continuación se exponen una serie de campos profesionales del sector público que, a priori, están en armonía con los titulados en Psicopedagogía que se hayan especializado en O.P.
  • Ámbito Local. El Orientador Profesional puede desarrollar sus funciones en un Ayuntamiento, en las concejalías de Empleo, Juventud, Servicios Sociales, Mujer, o similares. En muchas ocasiones las corporaciones locales podrán contar con organismos autónomos encargados de las políticas activas de empleo.
En este nivel, el Orientador Profesional puede trabajar como Agente de Desarrollo Local en el municipio. Su labor estará centrada en detectar necesidades formativas, estudiar el tejido empresarial presente en la zona y aprovechar las oportunidades laborales que éste brinda, planificar proyectos, organizar seminarios y foros de debates, y, por supuesto, desarrollar programas de creación de empleo. No podemos olvidar la faceta del Orientador Profesional de intermediador entre empresarios y trabajadores, gestionando las ofertas de empleo y preseleccionando candidatos.
  • Ámbito Regional. El Orientador Profesional podría llevar a cabo su trabajo en Servicios Regionales de Empleo o Agencias de Colocación.
  • Ámbito Nacional. Destacar el INEM, el cual posee un servicio de Orientación Profesional, aunque progresivamente se esté produciendo una descentralización en materia de empleo. También son interesantes los servicios de orientación de las universidades, conocidos como COIE´s.
  • Ámbito Europeo. Los Orientadores profesionales pueden ejercer como Euroconsejeros en la Red Eures, Organismo encargado en la intermediación Laboral a nivel de la U.E.
Por otro lado, en el Sector privado, algunas de las ocupaciones que puede desarrollar el Orientador Profesional son:
  • Consultor de Recursos Humanos.
  • Consultor de Formación.
  • Agente de Formación.
  • Orientador Profesional o Laboral en empresas que dispongan de este servicio.
  • Empresas con servicios de Outplacement o recolocación de trabajadores.
  • Empresas de Trabajo Temporal (ETT´s)
  • Docente de la materia “FOL” (Formación y Orientación Laboral) en centros de Formación Profesional privados.
  • Empresas con servicio de Couseling.
  • En asociaciones, fundaciones, colegios profesionales, y otras organizaciones que poseen programas de Inserción Sociolaboral o que cuentan con servicio de Orientación Profesional.
  • Entidades privadas que cuentan con convenios de colaboración con la empresa pública en materia de empleo.
Como hemos comentado anteriormente, se hace necesaria una formación complementaria y una especialización que garantice nuestro progreso profesional. Alguna de esta formación podría estar relacionada con conocimientos en idiomas, informática, recursos humanos, estadística, métodos de investigación, o estudios dirigidos a la O.P. de determinados colectivos. En esta línea Howey (1985) y Hackney (1990) defiende que el Orientador Profesional requiere del perfeccionamiento pedagógico, el conocimiento y comprensión de sí mismo, el desenvolvimiento cognitivo (mejora de las estrategias de procesamiento de información), el desarrollo teórico (reflexión sobre la práctica orientadora) y el desenvolvimiento de la carrera profesional mediante la investigación y el desarrollo.
En conclusión, el Psicopedagogo especializado en la O.P. debe actuar para proporcionar las herramientas necesarias para cada ciudadano para que éste alcance su autogobierno y se vea a sí misma como una persona activa en su labor de búsqueda de empleo. No podemos olvidar que el Psicopedagogo también debe trabajar la autoestima y los valores de la persona para afrontar lo más positivamente posible esta tarea. Estas tareas y funciones están en total consonancia con la formación y competencias que otorga la Titulación de Psicopedagogía.
Por último, desde este artículo se quiere reflexionar sobre algunos aspectos relacionados con la evolución y mejora de la O.P. en nuestro país.
En primer lugar sería muy beneficioso que los especialistas en O.P. tuviesen un periodo de prácticas lo suficientemente amplias en el tiempo como para hacerse una idea fiel de lo que implica trabajar como Orientador Profesional y para reflexionar sobre esta tarea. En cuanto a la investigación en O.P., parece que ésta se hace necesaria para que se produzcan las mejoras y transformaciones que darán lugar a una Orientación Profesional de calidad. En este sentido, se podría combinar la metodología cuantitativa con la cualitativa, con predominancia de esta última por aportar información útil y real.
Tampoco se debe olvidar el establecimiento y cumplimiento de las normas éticas y deontológicas propias de la O.P. por parte une una Institución Profesional que regule este aspecto y otorgue profesionalidad, rigurosidad y oficialidad a los profesionales de la Orientación Profesional, además de servir como marco de intercambio de ideas, proyectos, recursos, opiniones e información útil para mejorar nuestra labor

Primer Divorcio en España llevado a cabo por la ley de Mediación en aplicación de la Directiva Europea y de la ley 121/05 Real Decreto 5/2012, publicado el día 6 de Marzo de 2012 en el Boletín Oficial del Estado con Nº 56, Disposición 3152, del que regula la mediación en el ámbito civil, procesal y mercantil.

Primer Divorcio en España llevado a cabo por la ley de Mediación en aplicación de la Directiva Europea y de la ley 121/05 Real Decreto 5/2012, publicado el día 6 de Marzo de 2012 en el Boletín Oficial del Estado con Nº 56, Disposición 3152, del que regula la mediación en el ámbito civil, procesal y mercantil.



En el despacho Profesional de EIA Consultoría Asesoría de Vigo, sin pasar por el juzgado, el día 16 de Julio de este año 2012, se ha llevado a cabo el primer divorcio aplicando la vigente ley de mediación que regula el derecho civil procesal y mercantil, llevándose a cabo en un tiempo breve y a unos costes reducidísimos evitando sobre todo las graves secuelas que procesos judiciales largos caros y complicados sumían a las familias.

La normativa Europea tardó en España mucho tiempo en aplicarse pero ya es un hecho y va a beneficiar a miles de personas en sus litis privadas y va aminorar los costes que por el entramado burocrático del mundo judicial hace que los ciudadanos vean cercenados sus derechos humanos y constitucionales que presiden teóricamente nuestro estado de derecho.

Esta entidad Profesional EIA Consultoría Asesoría sita en Vigo Tl. 986266151 ya venía aplicando la mediación Familiar al amparo de la normativa de la CCAA de Galicia como método básico para el arreglo de las controversias familiares y es pionero en la aplicación del derecho anglosajón para impulsar la participación de los administrados ciudadanos en la justicia impidiendo que sea un grupo gremial el que controle y decida por todos, en asuntos de vital importancia para la sociedad.

La mediación para ejecutar el Divorcio,  la han llevado a cabo dos profesionales trabajando en equipo  que se han encargado de redactar el acuerdo y elevarlo al notario, el equipo estaba formado por un pedagogo y una periodista y los afectados han quedado muy satisfechos y sorprendidos por la celeridad y rapidez en divorciarse.

Tanto los notarios como los registros de lo civil están revisando la legislación para poder inscribir el nuevo estado civil por este pionero sistema que agilizará la administración de justicia.