martes, 9 de mayo de 2017



Ø  Extralimitación temporal de la actuación inspectora e interrupción de la misma por más de 6 meses. Diligencias argucia. Pretensión improcedente de interrupción sistemática del plazo de prescripción tributaria. Debe concluirse que todas las actuaciones recogidas en las diligencias denunciadas como ineficaces en el escrito de demanda, tienen un contenido necesario para el desarrollo del procedimiento de inspección incoado, sin que por ello mismo, quepa calificarlas o entenderlas como meras actuaciones con las que solo se ha pretendido la interrupción sistemática del plazo de prescripción tributaria, por lo que la pretensión de la demanda en este particular debe quedar desestimada. IRPF. Ejercicios 2001 y 2002. Gastos no deducibles. Elementos indiciarios suficientes para conducir a la actuaria a la conclusión de que las operaciones facturadas al interesado no quedaron suficientemente acreditadas. STA TS 20-07-2016

Ø  Liquidación de intereses suspensivos y acuerdo de ejecución de sentenciaPrescripción de la acción de cobro. Suspendida con garantía la ejecución de la sanción y concedido plazo para la prestación de la caución, ésta no se constituye durante la tramitación del proceso y tampoco el Tribunal se pronuncia. Doctrina jurisprudencial. La petición de suspensión, en tanto no sea resuelta, o la concesión de la suspensión condicionada a la prestación de garantía, con plazo o sin plazo, en tanto no exista pronunciamiento expreso dejando sin efecto la suspensión por el incumplimiento apreciado y sea participada, impide a la Administración llevar a cabo cualquier actuación de ejecución del acto recurrido y en consecuencia, el plazo de prescripción de la acción de cobro queda interrumpido con motivo de una solicitud de suspensión hasta la notificación a la Administración de la decisión finalSTA TS 20-07-2016


Ø  ISDTransmisión de la empresa familiar a los hijos y viudo de la causante. Requisitos para la aplicación de la bonificación fiscal del 95%. Para gozar de este beneficio no puede exigirse al sujeto pasivo del Impuesto, que ejerce las funciones de dirección de la empresa familiar y percibe por ello la mayor parte de sus rendimientos, que ostente además la titularidad de algunas participaciones sociales con carácter previo al hecho causante. Errónea interpretación de la Administración Tributaria que declara inaplicable el beneficio al no ser el sujeto pasivo titular de participación alguna en el capital de la empresa con carácter previo al devengo del tributoSTA TS 14-07-2016

Ø  ISDBase liquidable. Reducciones. En función de proximidad o lejanía del grado de parentesco. Interpretación del artículo 20.2 apartado III de la LIS, en relación con los sobrinos políticos. Consideraciones sobre la configuración legal del parentesco por afinidad. La relación de parentesco no desaparece cuando el matrimonio se disuelve. Reitera doctrina. A efectos del tributo aunque se da la circunstancia de la premuerte del tío/a carnal, los sobrinos del cónyuge del causante no tienen el carácter de «extraños» de forma que puede aplicarse la reducción prevista en el ISD para los colaterales de segundo y tercer grado. STA TS 20-07-2016

Ø  ISDDonación de acciones y participaciones en un fondo de inversión realizada en documento privado. Base liquidable. Bonificación del 99% de la cuota del Impuesto para los sujetos pasivos que tengan el parentesco previsto para ello y en la medida en que la donación se formalice en documento público. Incumplimiento del requisito de la constancia de la donación en escritura pública a la fecha del devengo. Liquidación procedente. Recurso de casación para la unificación de doctrina. Falta de la preceptiva identidad de hechos, fundamentos y pretensiones entre la sentencia impugnada y las de contraste. Carece de acceso a la casación la aplicación e interpretación del derecho autonómico por la Sentencia a quo. STA TS 20-07-2016

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