lunes, 8 de mayo de 2017



Ø  IVA. Regla de prorrata. Inclusión en el denominador de la regla de prorrata, de las cantidades correspondientes a las operaciones de cartera, consistentes en la transmisión de la matriz de la totalidad de las participaciones de las sociedades filiales. Estas operaciones no pueden tener la consideración de accesorias pues están descritas en el objeto social de la mercantil y si bien forman parte de un sector diferenciado de actividad, se llevan a cabo de manera habitual. Falta de prueba en relación a que las operaciones discutidas suponen la transmisión de las ramas de actividad no sujetas al Impuesto. STA TS 12-05-2016.


Ø  ISD. Hecho imponible. Extinción del usufructo y consolidación del dominio. La liquidación provisional por los bienes cuya nuda propiedad ya se ostenta realizada conforme al valor atribuido en el momento de la constitución del usufructo no puede ser revisada. Si el valor conferido al inmueble, a fecha de devengo del impuesto, era erróneo, el interesado debió proponer la prueba que estimó oportuna para demostrar dicho error. Recurso de casación para la unificación de doctrina. Inadmisión. No cabe en esta modalidad de recurso entrar a apreciar la prueba a efectos de la determinación del valor al tiempo de la constitución del usufructo. STA TS 20-07-2016

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