jueves, 27 de julio de 2017

Indemnizacion por cese Relación laboral Alta Dirección


Ø  IRPF. Indemnización por cese de la relación laboral de alta dirección. Reducciones de la base imponible. Pago de un bonus al director general de la entidad. Carácter irregular y plurianual de esta percepción, sobre el que puede aplicarse una reducción del 40%. Está exenta la indemnización percibida por la interesada con causa en su cese como personal de alta dirección cuando la indemnización satisfecha revista carácter obligatorio hasta el límite de 7 días de salario por año de trabajo y con el tope de 6 mensualidades. Cambia doctrina. STA AN 08-03-2017 Enviada como noticia 14-06-2017

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