jueves, 16 de febrero de 2017

Ø  Acto de no competencia postcontractual. Desproporcionada reclamación por la empresa en concepto de indemnización por incumplimiento del pacto de no competencia. Desproporción entre la renuncia a que se comprometió el trabajador y el ingreso económico que reclama la empresa. Se han de tener en cuenta las particularidades del ámbito laboral diferentes a la interpretación civil, ya que el cálculo indemnizatorio se fija precisamente sobre la base del salario bruto del trabajador, que es un concepto eminentemente social, al igual que el principio de autonomía de la voluntad en el estricto ámbito civil y en el social no tiene el mismo alcance. STA  TS 26-10-2016. Enviada como noticia 06-02-2017.

No hay comentarios: