miércoles, 14 de febrero de 2018

Escrito de revocación de la representación previamente otorgada en el ámbito tributario



El Art. 46, Ley General Tributaria (Ley 58/2003 de 17 de Dic) dispone que los obligados tributarios con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante, que podrá ser un asesor fiscal, con el que se entenderán las sucesivas actuaciones administrativas, salvo que se haga manifestación expresa en contrario.
Para interponer recursos o reclamaciones, desistir de ellos, renunciar a derechos, asumir o reconocer obligaciones en nombre del obligado tributario, solicitar devoluciones de ingresos indebidos o reembolsos y en los restantes supuestos en que sea necesaria la firma del obligado tributario en los procedimientos regulados en los títulos III, IV, V, VI y VII de la LGT, la representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna o mediante declaración en comparecencia personal del interesado ante el órgano administrativo competente.
A estos efectos, serán válidos los documentos normalizados de representación que apruebe la Administración Tributaria para determinados procedimientos. (→ Véase: Modelo de representación en el procedimiento de inspección y en el procedimiento sancionador que pueda derivarse del mismo)
Para los actos de mero trámite se presumirá concedida la representación.
Cuando en el marco de la colaboración social en la gestión tributaria, o en los supuestos que se prevean reglamentariamente, se presente por medios telemáticos cualquier documento ante la Administración tributaria, el presentador actuará con la representación que sea necesaria en cada caso. La Administración tributaria podrá requerir, en cualquier momento, la acreditación de dicha representación.
Cuando concurran varios titulares en una misma obligación tributaria, se presumirá otorgada la representación a cualquiera de ellos, salvo que se produzca manifestación expresa en contrario. La liquidación que resulte de dichas actuaciones deberá ser notificada a todos los titulares de la obligación.
La falta o insuficiencia del poder no impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate, siempre que se acompañe aquél o se subsane el defecto dentro del plazo de 10 días, que deberá conceder al efecto el órgano administrativo competente.

AL [ÓRGANO]


Don/Doña [NOMBRE] mayor de edad, con NIF [NIF] y domicilio  a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], actuando en nombre propio, comparece y como mejor procede en Derecho. 

EXPONE:

PRIMERO. Que en el expediente número [NUMERO], que se sigue en esta Administración con objeto de [DESCRIPCION], actúa como mi representante Don/Doña [NOMBRE], representación que se otorgó con fecha [FECHA], mediante [ESPECIFICAR], ante [ORGANO].

SEGUNDO. Que mediante el presente escrito y en virtud del artículo 46 de la LEY 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, REVOCO la representación a dicho representante, por lo que, en lo sucesivo, las actuaciones del citado expediente pasarán a entenderse conmigo mismo, fijando a efectos de notificaciones el siguiente domicilio [DOMICILIO].



En [LOCALIDAD] a [DIA] de [MES] de [ANIO].

FIRMADO: [FIRMA]

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