lunes, 13 de enero de 2014

Reconocimiento de cualificaciones modernizado .
 
Si un profesional desea prestar sus servicios en un país distinto a aquel en el que obtuvo sus cualificaciones, debe necesariamente cumplir una serie de trámites recogidos normativamente.
 
Se trata de un proceso que debiera ser ágil, sencillo y transparente para facilitar la libre circulación de profesionales y garantizar que una misma profesión tenga los mismos derechos en diferentes Estados miembros. Sin embargo, según datos de EUROSTAT, en el año 2009, sólo un 2.4% de la población de la UE vivía y trabajaba en un Estado miembro diferente al de su nacionalidad. Un índice de movilidad a todas luces demasiado bajo que no era acorde con la buscada integración del Mercado único europeo.
 
Este fue uno de los motivos por el que en 2010 se comenzó la revisión de la Directiva 2005/36 de reconocimiento de cualificaciones profesionales. El proceso culminaba la semana pasada con la publicación de la nueva Directiva 2013/55 por la que se regulan los renovados procesos y herramientas que facilitarán y mejorarán el reconocimiento de cualificaciones comunitario.
 
¿Qué hay de nuevo?
 
Explicamos todas las novedades con detalle. Especialmente..
 
 la Tarjeta Profesional Europea,
 los marcos comunes de formación,
 el Sistema IMI y el uso de las nuevas tecnologías,
 el acceso parcial a la profesión,
 ...y muchas otras.
 
¿Cómo afecta a los Estados miembro?
 
Ha comenzado ya el periodo de transposición de la Directiva. Así, antes del 18 de enero del año 2016, todas las nuevas disposiciones deberán haber sido trasladadas al Derecho nacional de cada país. Todos los profesionales podrán, entonces, aprovechar plenamente las nuevas herramientas introducidas y ver su movilidad real facilitada por los procesos de reconocimiento modernizados.


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