martes, 21 de enero de 2014

IVA DE LOS INCOBRABLES

IVA de los incobrables


IVA de los incobrables, la ley del embudo

IVA DE LOS INCOBRABLES

Plazos para recuperar el IVA repercutido de facturas incobrables


La reciente modificación legislativa afecta mucho a la posibilidad de recuperar el IVA de los incobrables añadiendo una trampa más para que no se pueda rectificar la factura. Lo cierto es que resulta bastante injusto, pero como está así reflejado en la ley, mientras no se diga lo contrario tendremos que adaptarnos a su literalidad.
Hay dos casos distintos a tener en cuenta, si el moroso ha entrado en concurso de acreedores o si no lo ha hecho.

CONCURSO DE ACREEDORES

Si el cliente que no nos paga ha entrado en concurso de acreedores tendremos que estar atentos al BOE porque el plazo para rectificar la factura y recuperar el IVA ingresado en Hacienda empezará a contar desde ese momento, y no es precisamente un plazo largo. De hecho solo tendremos un mes para hacerlo. Si tenemos en cuenta que antes de la redacción de la nueva ley el plazo era de seis meses, se evidencia un abuso en cuanto a la limitación. Va a ser muy fácil que se nos pase rectificar alguna de estas facturas y con ello perderemos el derecho definitivamente a recuperar el IVA.

SIN CONCURSO DE ACREEDORES

Para el caso de que el cliente no haya entrado en concurso, el plazo de rectificación será de seis meses desde la emisión de la factura. Ahora bien, aunque la ley no lo dice expresamente, se entiende (o eso parece) que si transcurridos los seis meses no se ha realizado la factura rectificativa, todavía tenemos la oportunidad de recuperar el IVA si con posterioridad el moroso entra en concurso de acreedores, en cuyo caso será aplicable el plazo anterior de un mes, desde la publicación en el BOE.
En cualquier caso, insisto: UN ABUSO. Al fin y al cabo Hacienda tiene cuatro años para comprobar nuestras facturas y hacernos las paralelas que crean oportunas. ¿Por qué entonces no se pueden rectificar las facturas dentro de ese mismo plazo? Una vez más nos encontramos con la ley del embudo.

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