lunes, 20 de enero de 2014

Subidas de impuestos aunque las llamen prórrogas


Aunque lo llamen prórrogas, no dejan de ser subidas de impuestos.

SUBIDAS DE IMPUESTOS

No importa que digan que son prórrogas transitorias


Con tantas subidas de impuestos, es normal que el Gobierno intenté disfrazar algunas de ellas, aunque de poco sirve porque siempre se le acaba viendo el plumero. El año 2014 lo hemos empezado con una serie de prórrogas de asuntos que dijeron que eran transitorios, pero el simple hecho de realizar estas ampliaciones de plazo para su aplicación equivalen a subidas de impuestos porque se supone que tendrían que haberlo eliminado ya. Me refiero a la prórroga para todo el año 2014 de las retenciones e ingresos a cuenta. A efectos del IRPF, en consonancia con la también prórroga de la aplicación de tarifas complementarias, se han prorrogado los tipos aplicables en los años 2012 y 2013 —recordemos que se subieron «transitoriamente» en el 2012, «solo para el 2012» y ya se prorrogaron en 2013, con lo que esta nueva prórroga para el 2014 es una tomadura de pelo y deja en entredicho una vez más las manipulaciones que hacen con estas cosas—. En consecuencia, las retenciones sobre los rendimientos del capital mobiliario y sobre los rendimientos de actividades profesionales seguirán siendo en 2014 del 21% y no volverán al 19% prometido que se aplicaba antes de 2012.
¿Qué pasa con la retención del impuesto de sociedades?
Al no haberse prorrogado expresamente, en teoría ha bajado al 19%, pero por lo que he estado leyendo, la cosa no quedará así porque se ha tratado de un error —chapuza tras chapuza—, de manera que es de esperar que lo regularicen y seguramente lo harán retroactivamente para que sea aplicable desde el 1 de enero. Ya sabemos que últimamente les gusta mucho eso de la retroactividad. A fecha 13 de enero que es cuando escribo el artículo no he encontrado aún ninguna corrección al respecto aunque es posible que hayan publicado algo.
Liando las cosas sin sentido
Otra cosa que no entiendo es que tengan que seguir con la mala costumbre de publicar retazos de leyes y modificaciones encapsuladas unas dentro de otras, como queriendo escondernos los detalles para que luego no apliquemos las cosas correctamente. Ya he hablado en este blog de la prórroga del plazo para acogerse al criterio de caja en el IVA. El plazo finalizaba el 31 de diciembre pasado y lo han ampliado hasta el 31 de marzo. Lo curioso es que esta prórroga ha quedado publicada en el Real Decreto 1042/2013 cuyo título es:
Reglamento del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero

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