El BOE de hoy (28-12-2012),
publica dos Órdenes Ministeriales:
1.
Orden
HAP/2724/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban los precios medios de
venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y
Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto
Especial sobre Determinados Medios de
Transporte.
2.
Orden
HAP/2725/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden EHA /3111/2009, de 5
de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual
del Impuesto sobre el Valor Añadido, la Orden HAC /171/2004, de 30 de enero,
por la que se aprueba el modelo 184 de declaración informativa anual a presentar
por las entidades en régimen de atribución de rentas, los diseños físicos y
lógicos a los que deben ajustarse los soportes directamente legibles por
ordenador del modelo 198 de Declaración anual de operaciones con activos
financieros y otros valores mobiliarios, aprobados por la Orden EHA /3895/2004, de 23 de
noviembre, y la Orden
EHA /3062/2010, de 22 de noviembre, por la que se modifican las
formas de presentación de las declaraciones informativas y resúmenes anuales de
carácter tributario correspondientes a determinados
modelos.
Como verás en
la primera de ellas (415 páginas)
sobre el Impuesto Especial sobre DMT, será necesario consultarla cuando se
efectué una operación de la muchas enumerada en el mismo, como ejemplo
transcribo a continuación la fórmula para calcular la Base Imponible en las
transacciones de medio usados
Art. 5ª.
Segunda. Cuando se trate de medios de transporte que hubieran estado previamente
matriculados en el extranjero y que sean objeto de primera matriculación
definitiva en España teniendo la condición de usados, del valor de mercado
calculado teniendo en cuenta lo señalado en la regla primera anterior, se
minorará, en la medida en que estuviera incluido en el mismo, el importe
residual de las cuotas de los impuestos indirectos. Para ello se podrá utilizar
la siguiente fórmula:
VM
BI =
________________________________
1 + (tipoIVA + tipoiEDMT +
tiposOTROS)
Donde:
BI:
Base imponible de medios de transporte usados en el Impuesto Especial sobre
Determinados Medios de Transporte
VM:
Valor de mercado determinado por tablas de precios medios tras la aplicación de
los porcentajes del anexo IV.
tipoIVA: Tipo impositivo, en tanto por uno, del Impuesto
sobre el Valor Añadido que habría sido exigible en el momento de la primera
matriculación y en el ámbito territorial en que ahora se vaya a matricular en
España ese medio de transporte.
tipoiEDMT: Tipo impositivo, en tanto por uno, del Impuesto
Especial sobre Determinados Medios de Transporte que habría sido exigible en el
momento de la primera matriculación y en el ámbito territorial en que ahora se
vaya a matricular en España ese medio de
transporte.
Tipos OTROS: Resultado de sumar los tipos impositivos, en
tanto por uno, de cualesquiera otros impuestos indirectos que hayan gravado la
adquisición del medio de transporte, y que estén incluidos en el valor de
mercado.
La segunda (22
páginas), lo que principalmente nos afecta es la modificación de la Orden
EHA /3111/2009,
de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del
Impuesto sobre el Valor Añadido,