España, segundo país donde más sube la percepción de la corrupción
España pasa del puesto 30 al 40 en el índice de Transparencia Internacional, tras Brunei y Polonia y por delante de Cabo Verde
jueves, 5 de diciembre de 2013
A continuación le enviamos las ultimas novedades aparecidas en el boletín de Boletín Oficial del Estado que tenemos seleccionadas para usted a fecha de 04-12-2013.
|
Registro Mercantil de Valencia
Sentencia en su contra
Personalmente, lo que más me molesta de los Registros
Mercantiles en general, y creo que nadie tiene porqué sentirse ofendido si lo
digo, es su discrepancia de criterios, algo que sufro constantemente al
inscribir escrituras en distintas provincias. Lo que en unos sitios me lo
inscriben sin problemas, son objeto de defectos de todo tipo en otras. A veces
en un mismo Registro, todo depende del registrador en concreto, inscribiendo
unos y sacando defectos otros. En este caso me referiré a una discrepancia entre
el Registro Mercantil de Valencia y el Registro Mercantil de Madrid.
Cada vez que me tropiezo con una cosa de estas no puedo dejar de
pensar que a veces, el que se inscriba o no una escritura es solo cuestión de
suerte, nada que ver con las leyes, ni con los reglamentos, ni la seguridad
jurídica como se supone que tendría que ser. ¿Cómo si no explicamos que una
misma cosa la inscriban en unos sitios y en otros no? Por lo visto al final lo
único que prevalece (salvo que haya algún recurso y sentencia de por medio como
en este caso) es el criterio absolutista de un registrador u otro, y eso nos
deja a los ciudadanos en muy mala situación, porque el diálogo no siempre es
posible dado que cuando se plantean ciertas cosas por teléfono, en más de una
ocasión ciertos oficiales de Registro (no nombraré ni provincias ni nombres
personales) han acabado la conversación con preguntas como: ¿Pretende usted saber más que el
Sr. Registrador? Pues verá, eso depende de cómo se mire, pero
en cualquier caso, la postura del Registro, o del Sr. Registrador, o del
oficial de turno, nunca puede ser esa. Tal vez yo, o quien llame en un momento
dado no sepamos más que el Sr. Registrador, pero eso tampoco significa que no
podamos tener razón en un caso concreto, como tantas veces se ha demostrado. Si
el hecho de tener razón implica saber más que el Sr. Registrador, pues eso... y
si simplemente es por un tema de sentido común, pues lo mismo. En definitiva,
hay que ser más accesibles y no dar por hecho que la palabra del Sr. Registrador
es sacrosanta e inamovible.
Volviendo al tema, recientemente el Tribunal le ha dado un
varapalo al Registro Mercantil de Valencia sobre un objeto que se estaban
negando a inscribir, cuando en Madrid lo estaban inscribiendo sin ningún
problema:
"promoción, creación y participación en empresas"
Un objeto que algunas empresas constituidas para apoyar a
los innovadores y emprendedores del ámbito de las nuevas tecnologías han visto
denegado en Valencia.
Como curiosidad, y aunque no esté directamente relacionado con
este objeto, a mí me ocurrió hace años algo muy similar en mi actividad, la
cual es muy simple: "Constitución y
mantenimiento de sociedades inactivas para su posterior venta".
Este objeto NUNCA hemos podido inscribirlo a pesar de ser
nuestra actividad real y estar incluso refrendada por el Real Decreto 1/2010.
¿Es eso lógico? Ramón Cerdá.
Laboral A continuación le enviamos las ultimas novedades aparecidas en el boletín de Laboral que tenemos seleccionadas para usted a fecha de 27/11/2013.
|
|
miércoles, 4 de diciembre de 2013
Legislacion, BOE Galicia Pontevedra
..... y 1 mas
|
Fiscal
A continuación le enviamos las ultimas novedades aparecidas en el boletín de Fiscal que tenemos seleccionadas para usted a fecha de 04/12/2013.
|
|
Cómo suscribirse a las noticias de ANTAP
Si desea recibir las actualizaciones de este blog en su correo electrónico siga los siguientes pasos:
1. En la página
de ANTAP, http://antap.blogspot.com.es/, escriba la dirección
de correo electrónico en la que quiera recibir las actualizaciones en el recuadro
de la derecha.
2. Una vez escrita la dirección de correo haga clic en el
botón que pone "Submit".
3. Se abrirá una nueva ventana para continuar con la
suscripción.
4. Hay que escribir en el recuadro los caracteres que
aparecen en color verde y
hacer clic en el botón "Complete Subscription Request".
5. Entonces
aparece un mensaje que le indica que revise la bandeja de entrada de su correo
electrónico, lo que es necesario para completar la suscripción.
6. Le llegará
un mensaje a su correo electrónico (como el del ejemplo), en el que se incluye
un enlace para completar el procedimiento de suscripción.
7. Al hacer clic en ese enlace se abre una página que le
informa de que se ha confirmado su suscripción. A partir de este momento, cada
vez que ANTAP actualice su blog con una nueva entrada usted la recibirá en su
correo electrónico.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)