viernes, 10 de marzo de 2023

Comunidad de Madrid: Nueva Oficina Virtual Tributaria

Nueva Oficina Virtual Tributaria

El 15 de marzo entra en funcionamiento la Nueva Oficina Virtual Tributaria para poder realizar las autoliquidaciones de todos los modelos tributarios gestionados por la Comunidad de Madrid.

Las adhesiones a Convenios o Acuerdos de colaboración social en la gestión de los tributos que hayan sido suscritos con Colegios o Asociaciones Profesionales con anterioridad, mantienen su vigencia.

A continuación, informamos sobre cómo se accede a ella y el proceso a seguir para pedir soporte sobre una duda o notificar una incidencia.

Cómo accedo a la Nueva Oficina Virtual Tributaria

El enlace para acceder a la Nueva Oficina Virtual Tributaria es el siguiente:
https://gestiona.comunidad.madrid/opti_webapp_contrib

Hasta el 10 de abril van a estar habilitadas tanto la actual oficina como la Nueva Oficina Virtual.

Se recomienda la utilización de la Nueva Oficina virtual a partir del día 15 de marzo para realizar las nuevas autoliquidaciones, con el fin de ir adaptándose progresivamente al nuevo sistema.

Desde el día 11 hasta el 25 de abril solo podrás utilizar la actual oficina para finalizar las autoliquidaciones que tengas pendientes de trámites.

Cómo puedo pedir soporte sobre una duda o notificar una incidencia sobre la Nueva Oficina Virtual Tributaria

Para poder ayudarte con tus dudas o incidencias:

  • Por teléfono: 91 580 94 04 (Horario: 8:00 a 15:30, de lunes a viernes no festivos)
  • Por correo electrónico: oficinavirtual@madrid.org
  • Desde la Nueva Oficina Virtual: En el icono correspondiente

Información sobre el funcionamiento de la Nueva Oficina Virtual Tributaria

Existen manuales de usuario y videos explicativos sobre la elaboración de autoliquidaciones de los diferentes modelos tributarios

https://www.comunidad.madrid/servicios/atencion-contribuyente/oficina-virtual

lunes, 6 de marzo de 2023

Agencia Tributaria de Cataluña: Autoliquidación del gravamen de protección civil (modelo 900)

Agencia Tributaria de Cataluña: Autoliquidación del gravamen de protección civil (modelo 900)

El 1 de marzo de 2023 entra en vigor el nuevo modelo de autoliquidación 900 del gravamen de protección civil, fecha en la que se inicia el plazo para presentar su autoliquidación, comprendido entre el 1 y el 31 de marzo de 2023.

Este nuevo modelo incorpora las modificaciones que establece la Orden ECO/16/2023, de 1 de febrero (DOGC núm. 8848, de 6 de febrero), que introduce una bonificación en la cuota del gravamen de protección civil para las personas titulares de las actividades afectadas por el gravamen que realicen acciones directas de inversión en infraestructuras asociadas a los planes de protección civil de la Generalitat de Catalunya o bien por la atención a las personas afectadas por una emergencia, de forma que podrán descontarse de la liquidación del gravamen el equivalente a la cuantía destinada a estas acciones, que podrá ser del 100% del total.

En la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña ya se encuentra disponible el formulario web adaptado que incluye las nuevas bonificaciones del gravamen.