Como ya conoce, la administración central estableció tras la publicación del RDL 28/2018 ( con aplicación de 1 d enero de 2019) de medidas urgentes en materia laboral que quedaban derogados los contratos e incentivos vinculados a la tasa de desempleo del 15/%.
Esta cuestión afectó a diversas modalidades contractuales (primer empleo joven, parcial con vinculación formativa, apoyo a emprendedores, etc..).
No obstante, se ha mantenido el Contrato de formación y aprendizaje como único contrato bonificado, estableciendo el RDL que la edad máxima permitida para realizar dicho contrato vuelve a ser de hasta 24 años inclusive.
Entendemos, por tanto, que el contrato de formación continúa siendo la alternativa para aquellas empresas que deseen ampliar su plantilla ahorrando costes, siendo por otro lado la mejor opción para que los jóvenes se inserten en el mercado laboral.
Recordamos las ventajas que el contrato en formación tiene para la empresa.
- REDUCCIÓN DE CUOTAS EMPRESARIALES
Las empresas que celebren contratos para la formación y el aprendizaje, con trabajadores desempleados inscritos en la oficina de empleo tendrán derecho, durante toda la vigencia del contrato, incluida la prórroga, a una reducción las cuotas empresariales a la seguridad social por contingencias comunes.
- COSTE CERO.
Reducción del 100% de las cuotas de la seguridad social en los contratos formalizados con empleados inscritos en la oficina de empleo.
- DURACIÓN .
La duración del contrato de formación sería mínima un año, y máximo tres años.(puede variar en función de lo que diga el convenio colectivo correspondiente)
- BONIFICACIÓN POR TRANSFORMACIÓN A INDEFINIDO.
1500€/AÑO O 1800€/AÑO (en el caso de mujeres)
Duración 3 años.
- VENTAJAS PARA EL AUTÓNOMO.
Puede contratar a su hijo o familiar si es menor de 30 años.
Obtendrá una reducción de 100% en las cuotas de la seguridad social.
A continuación, desarrollamos una simulación del ahorro que supone para una empresa la contratación de un trabajador en contrato en formación:
SIMULADOR DE COSTES
Al contratar a un dependiente o un camarero con un contrato de formación, en lugar de un contrato eventual, el coste salarial es muy favorable.
SECTOR HOSTELERÍA CAMARERO
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SECTOR COMERCIO DEPENDIENTE
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Contrato Formación
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Contrato. Eventual
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Contrato Formación
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Contrato eventual
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866.88€ / MES
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1910.56€ / MES
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865.71€ / MES
| 1899.62€ / MES |
AHORRO ANUAL por C. Formación
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AHORRO ANUAL por C. Formación
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12.524,15€
| 12.406,86€ |