viernes, 22 de abril de 2022

Información: VALOR DE REFERENCIA

Desde el 1 de enero de 2022 entró en vigor el valor de referencia.

En el siguiente link a la página de la Dirección General de Catastro encontrarán una relación de preguntas frecuentes sobre este valor.

http://www.catastro.meh.es/esp/faqs.asp#vr

AGENCIA TRIBUTARIA DE GALICIA (ATRIGA): Actualizaciones realizadas en la OVT

Agencia Tributaria de Galicia (ATRIGA): Actualizaciones realizadas en la OVT:

1. Posibilitar en la Oficina Virtual Tributaria la declaración de bienes en las donaciones

En la pantalla del modelo 651 “Selección y agrupación de bienes”, en el apartado “Seleccione la acción a realizar”, se incluye la opción “Declarar bienes inmuebles” que funciona igual que la que ya existe para el modelo 600.


 

 














 

 

 

 

 

 

 

 

 


2. Autocarga de datos catastrales para bienes de suelo rústico en la Oficina Virtual Tributaria

Al declarar un suelo rústico o al valorarlo (en el caso de que no disponga de valor de referencia), a partir de la referencia catastral, se autocargaran los siguientes datos catastrales de que se dispongan, con la posibilidad de der modificados por el usuario.

3. Autoliquidación de multas y sanciones

Se añade un aviso en rojo en la pantalla inicial del servicio indicado que es válido para pagar las multas/sanciones en período voluntario de ingreso:

Este servicio solo es válido para el pago de multas y sanciones en período voluntario de ingreso. Para el pago de tasas y precios públicos se debe acceder al servicio “Pago de tasas y precios”, para realizar el pago de una liquidación notificada por la Atriga se debe acceder al servicio de “Consulta y pago de deudas” y, en el caso de querer realizar un pago de un impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, transmisión de medios de transporte usado, sucesiones y donaciones, se debe realizar desde el correspondiente servicio en el momento de la presentación telemática. Para pagar una multa o sanción en período ejecutivo, si todavía no ha recibido la providencia de apremio, deberá solicitar la carta de pago a la Delegación correspondiente. Si ya recibió la providencia, la carta de pago deberá ser solicitada a la Zona de recaudación correspondiente.


 

 



 

 

 


4. Autogestión de domiciliaciones

Se habilita un enlace desde gestión de domiciliaciones de cara al servicio de Aplazamiento/Fraccionamiento: se añade la posibilidad de solicitar aplazamiento/fraccionamiento en el caso de la revocación de la domiciliación.

Una vez que revocamos la domiciliación, tenemos las siguientes opciones: Rehabilitar (volver a domiciliar) o Pagar (aquí se incluye tanto el pago telemático como la opción de solicitar Aplazamiento/fraccionamiento.


 

 


 

 

 

 

 

 

Si escogemos la opción “Pagar”, se llega a la siguiente pantalla:



 

 

 

 

 

Al seleccionar la línea Aplazamiento/fraccionamiento, tenemos un recuadro para indicar el importe a aplazar y fraccionar, y seleccionando la pestaña “Solicitar aplazamiento/fraccionamiento” se inicia el proceso de presentación telemáticas de la solicitud.

jueves, 21 de abril de 2022

Dirección General de Tributos de MADRID: MODIFICACIÓN DOCUMENTO INDIVIDUAL DE ADHESION A ACUERDO DE COLABORACIÓN

Dirección General de Tributos de MADRID

MODIFICACIÓN DOCUMENTO INDIVIDUAL DE ADHESION A ACUERDO DE COLABORACIÓN

Se ha actualizado el modelo  “DOCUMENTO INDIVIDUAL DE ADHESION A ACUERDO DE COLABORACION”, con un cambio en el punto 1. Titular del Acuerdo de Colaboración.  

A partir de ahora se requerirá el NIF de la entidad firmante del acuerdo:

G36903235

ASOCIACIÓN  NACIONAL DE TRAMITADORES ADMINISTRATIVOS TA Y PROFESIONALES ANTAP

Subdirección General De Gestión Tributaria

Dirección General de Tributos

consejería de ECONOMÍA, hacienda y EMPLEO

conv.colaboracion-tributos@madrid.org