Agencia Tributaria de Galicia (ATRIGA): Actualizaciones realizadas en la OVT:
1. Posibilitar en la Oficina Virtual Tributaria la declaración de bienes en las donaciones
En la pantalla del modelo 651 “Selección y agrupación de bienes”, en el apartado “Seleccione la acción a realizar”, se incluye la opción “Declarar bienes inmuebles” que funciona igual que la que ya existe para el modelo 600.
Al declarar un suelo rústico o al valorarlo (en el caso de que no disponga de valor de referencia), a partir de la referencia catastral, se autocargaran los siguientes datos catastrales de que se dispongan, con la posibilidad de der modificados por el usuario.
3. Autoliquidación de multas y sanciones
Se añade un aviso en rojo en la pantalla inicial del servicio indicado que es válido para pagar las multas/sanciones en período voluntario de ingreso:
Este servicio solo es válido para el pago de multas y sanciones en período voluntario de ingreso. Para el pago de tasas y precios públicos se debe acceder al servicio “Pago de tasas y precios”, para realizar el pago de una liquidación notificada por la Atriga se debe acceder al servicio de “Consulta y pago de deudas” y, en el caso de querer realizar un pago de un impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, transmisión de medios de transporte usado, sucesiones y donaciones, se debe realizar desde el correspondiente servicio en el momento de la presentación telemática. Para pagar una multa o sanción en período ejecutivo, si todavía no ha recibido la providencia de apremio, deberá solicitar la carta de pago a la Delegación correspondiente. Si ya recibió la providencia, la carta de pago deberá ser solicitada a la Zona de recaudación correspondiente.
Se habilita un enlace desde gestión de domiciliaciones de cara al servicio de Aplazamiento/Fraccionamiento: se añade la posibilidad de solicitar aplazamiento/fraccionamiento en el caso de la revocación de la domiciliación.
Una vez que revocamos la domiciliación, tenemos las siguientes opciones: Rehabilitar (volver a domiciliar) o Pagar (aquí se incluye tanto el pago telemático como la opción de solicitar Aplazamiento/fraccionamiento.
Si escogemos la opción “Pagar”, se llega a la siguiente pantalla:
Al seleccionar la línea Aplazamiento/fraccionamiento, tenemos un recuadro para indicar el importe a aplazar y fraccionar, y seleccionando la pestaña “Solicitar aplazamiento/fraccionamiento” se inicia el proceso de presentación telemáticas de la solicitud.
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