viernes, 16 de noviembre de 2018

Los jueces admiten la pérdida de apoyo social: "Nos quieren cortar el cuello a todos"

·         MARISA RECUERO Madrid 11-11-2018


El presidente del CGPJ y del Supremo, Carlos Lesmes, en un acto en el Tribunal Militar Central. Ángel Díaz EFE
«El Poder Judicial está sufriendo una crisis que está demostrando la fragilidad del sistema». Claro, conciso y directo. He aquí las palabras de Raimundo Prado Bernabéu, magistrado y portavoz de la Asociación de Jueces y Magistrados Francisco de Vitoria (AJFV), la segunda más numerosa entre las cuatro asociaciones que existen en el colectivo jurisdiccional, con 865 afiliados.

En pleno debate sobre quiénes serán los 12 magistrados y ocho juristas que se sienten en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) durante los próximos cinco años, y quién será el presidente de este órgano de los jueces, los profesionales de la Justicia española manifiestan su preocupación por el «descrédito» que «la torpeza» del presidente de la Sala Tercera del Tribunal SupremoLuis María Díez-Picazo, cometió con la reciente sentencia relativa a los impuestos de las hipotecas.
«Me entristece que la sociedad nos quiera cortar el cuello a todos porque la Sala Tercera del Supremo haya montado este circo. Es injusto». Celso Rodríguez Padrón, magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid y portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) -la más numerosa, con más de 1.300 afiliados-, no se muerde la lengua al asegurar que los jueces españoles se sienten «injustamente considerados por la sociedad».
«No puede extrapolarse el resultado de un asunto concreto a la credibilidad que merece la carrera judicial en su conjunto», prosigue, sin pasar por alto que los tribunales españoles resolvieron más de seis millones de casos en 2017. «No se puede caer en una descalificación global de la Justicia», advierte este magistrado, que es de los que defiende que «no hay ninguna injerencia espúrea» en el Poder Judicial y que «en España, la Justicia no tiene ningún problema de independencia». «Es una realidad y pongo la mano en el fuego», sentencia, pese a que reconoce, no obstante, que existe «desconfianza por parte de la sociedad por el menoscabo que causa la independencia judicial» debido a la manera en que se designa a los vocales del CGPJ y al presidente.
Para el portavoz de la asociación mayoritaria de jueces y magistrados, «la credibilidad del sistema judicial se resiente», pero no por casos como la sentencia de las hipotecas o la independencia, sino por «la lentitud de la respuesta al ciudadano». «La Justicia española es tardía» y «hay descontento por parte de la sociedad hacia nosotros».

Sin embargo, hay magistrados que sí consideran que «existe un descaro político» en la elección de los vocales del órgano de los jueces y que éstos no acceden por pertener a una asociación, sino por amistad. «Ahí entra el que es amigo del político. Y eso es vergonzoso», reconoce Raimundo Prado, a menos de un día de que concluya el plazo para presentar a los candidatos.
Este magistrado, que desempeña su trabajo en el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, tiene claro que en España hay dos grupos de jueces. «Los que cumplimos con nuestro trabajo, tenemos nuestra vida, somos gente normal en todos los sentidos, pero nos dedicamos a un trabajo difícil» y «un sector que está compuesto por muy pocos jueces y que la gente confunde con lo que es la Justicia». Es este grupo el que «hace que la sociedad crea que somos de un partido o de otro», señala el portavoz de la AJFV.
En esta misma línea se pronuncia Ignacio González, magistrado del Juzgado de lo Penal número 20 de Madrid y portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD), la tercera asociación más numerosa, con entorno a 500 afiliados. «Hay una Justicia para ricos y otra para el resto de los ciudadanos», manifiesta con rotundidad.
Este magistrado también es de los que piensa que la Justicia está desacreditada, pero por casos como el ocurrido en el Alto Tribunal con la sentencia de las hipotecas. «La mala gestión que se ha hecho sobre este asunto hace que planee en la sociedad la sospecha de que los poderes económicos influyen en las decisiones del Supremo y por tanto en la Justicia». Para González, la desconfianza de los ciudadanos hacia el Poder Judicial crece «a pasos agigantados» y «el sistema de elección de los vocales del CGPJ no es la panacea a los problemas que presenta la Justicia».
«Hay jueces, con cargos importantes y de diferentes asociaciones y tendencias ideológicas, que opinan lo mismo que yo. Estamos preocupados», reconoce el portavoz de JJpD, que no pasa por alto que los profesionales judiciales se enfrentan a un escenario en el que «junto al descrédito de la clase política está el de los jueces». «Tenemos la función de controlar los abusos del poder y garantizar los derechos de los ciudadanos», defiende.
«Llevo 31 años de carrera y he venido notando un maltrato institucional continuo». He aquí la opinión de Concepción Rodríguez González del Real, juez de menores de Madrid y presidenta del Foro Judicial Independiente (FJI), la asociación más joven, con 16 años de vida. «En España ya no hay separación de poderes», advierte con resignación, pero reivindicando con urgencia deslindar el Poder Judicial del Ejecutivo y el Legislativo.

«El órgano de gobierno de los jueces es elegido por el Poder Legislativo. Siempre ha sido así, pero no se da una respuesta adecuada porque todas las respuestas son una vuelta de tuerca a la independencia judicial», reprocha esta magistrada, que es consciente de que «hay un reparto entre los dos grandes partidos y ninguno lo quiere soltar». «Esto es un asalto al Poder Judicial, a controlarlo. Y todo porque en España no hay una mentalidad democrática en la que los mecanismos de control deben funcionar y ser independientes», defiende.
La presidenta y portavoz del FJI califica de «anómala» la gestión que el Supremo hizo del caso de las hipotecas y es contundente al reconocer que le parece «absolutamente vergonzoso lo que ha pasado en el Tribunal Supremo». «Esto te demuestra que el sistema no funciona y hay que modificarlo». Sin embargo, es consciente de que cuando el PP o el PSOE «se ven en el poder y ven que pueden controlar el Poder Judicial, no quieren modificar la ley porque les da mucho poder».
«Cuanto peor esté el Poder Judicial, mejor para ellos; cuanto más intervenido esté, mejor para ellos», denuncia la magistrada Rodríguez, alertando de que el sistema tiene «un problema estructural» y «el PP y el PSOE están atrincherados en que no quieren modificar el sistema de elección» de los vocales del CGPJ
«Se han dado una serie de factores que están demostrando que el sistema judicial no funciona. Tiene unos fallos internos que se han querido ocultar», en palabras del portavoz de la AJFV.
Dicho esto, los catedráticos universitarios también coinciden con los profesionales judiciales. Es el caso de Julio Banacloche, catedrático de Derecho Procesal en la Universidad Complutense de Madrid. «Tendemos a magnificar las cosas», advierte en relación a las consecuencias negativas que ha supuesto la sentencia de las hipotecas para el Poder Judicial. «La Justicia es mucho más que un problema concreto», precisa, dejando claro que «a quien hay que pedir responsabilidad no es a los jueces, sino al legislador», ya que «los tribunales se limitan a resolver un conflicto interpretando la norma». «Hay intereses ocultos para desprestigiar al Poder Judicial y, en particular, al Supremo», concluye este profesor.

La guinda la pone Enrique Gimbernat, catedrático de Derecho Penal en la Complutense. «No se puede cuestionar la credibilidad del Poder Judicial por una falta de habilidad por parte del presidente de la Sala Tercera. El Poder Judicial son millones de sentencias todos los años, bien hechas y bien motivadas». «El nivel de la magistratura española es muy bueno», reivindica, para aplaudir que «son muchos jueces y muy competentes».

miércoles, 14 de noviembre de 2018


OPCIONES PARA TRABAJADORES MENORES DE TREINTA AÑOS --30--

-          Contrato INDEFINIDO APOYO EMPRENDEDORES:
Trabajador inscrito como demandante de empleo Periodo de prueba un año.

§  Debe mantenerse el empleo del trabajador contratado al menos 3 años desde la fecha de inicio de la relación laboral y así mismo deberá mantenerse  el nivel de empleo alcanzado al menos un año, en caso de incumplimiento de estas obligaciones procederá el reintegro de los incentivos aplicados
§  Incentivos
·         Fiscales por el primer trabajador contratado menor de 30 año, la empresa tendrá un reducción fiscal de 3000 euros
·         Bonificación 1º año 1000 €/año (83.33 €/mes) - 2º año 1100 €/año (91.67 €/mes) - 3º año 1200 €/año (100 €/mes) – Todo en proporción a la jornada en contrato a tiempo parcial

-          Contrato  A TIEMPO CON VINCULACION FORMATIVO (jornada no superior al 50%, salvo en el casos de beneficiarios Garantía Juvenil que puede llegar al 75%)

o   Indefinido o de duración determinada
o   Trabajador inscrito como demandante de empleo y ser beneficiario de Sistema de Garantía Juvenil
o   No tener experiencia laboral o que esta sea inferior a tres meses, o bien proceder de otro sector de actividad según CNAE, o bien carecer de título oficial de enseñanza obligatoria, de título de formación profesional o de certificado de profesionalidad
o   Reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes del 100% durante toda la vigencia del contrato con un máximo de 12 meses. Este contrato podrá ser prorrogado por otros doce mees siempre que el trabajador continúe compatibilizando el empleo con la formación, o la ya cursado en los seis meses previos a la finalización del periodo de los doce primeros meses.
o   Los trabajadores deben compatibilizar el empleo con la formación o justificar haberla cursado en los seis meses previo a la celebración del contrato.
o   La formación no será necesario que esté vinculada específicamente al puesto de trabajo, y podrá ser, formación acreditable oficial o promovida por el SEPE, o bien formación en idiomas o tecnologías de la información y comunicación de una duración mínima de 90 horas en cómputo anual
o   Debe mantenerse el nivel de empleo alcanzado al menos durante la duración de dicho contrato, con un máximo de 12 meses desde su celebración, en caso de incumplimiento de estas obligaciones procederá el reintegro de los incentivos aplicados
-          Contrato FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE (CCC especifico)
o   Trabajador inscrito como demandante de empleo
o   Reducción del 100% en las cuotas de la seguridad social del trabajador contrato y del 100% en las cuotas empresariales a la Seguridad social
o   Formación inherente al contrato y a la actividad de la empresa, para la obtención de un título de formación profesional, certificado de profesional, durante toda la vigencia del contrato con un Centro Acreditado. La no realización por el trabajador de la formación de manera continuada y hasta la obtención de la correspondiente titulación dará la lugar al reintegro de las reducciones aplicadas
o   El trabajador podrá solicitar en el SEPE la ayuda de 430€/mes

NOTA: Estos incentivos son aplicables mientras la tasa de desempleo se situé por debajo del 15%. Las últimas cifras han recogido una tasa de desempleo por debajo de dicho porcentaje pero el SEPE ha establecido que dichos incentivos serán aplicables mientras el ejecutivo no establezca una disposición de regulación


Protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos
Los trabajadores autónomos que, pudiendo y queriendo ejercer una actividad económica o profesional a título lucrativo y estando incluidos en los niveles de protección en ella recogidos, hayan tenido que cesar en esa actividad, de manera involuntaria, de manera definitivo o temporal.

Requisitos
Estar afiliados y en alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos
Tener cubierto el período mínimo de cotización por cese de actividad. Mínimo 12 meses (máximo 48 meses) en los que se ha cotizado de manera continuada por el cese de actividad e inmediatamente anteriores al cese de la actividad. Se tendrá derecho a 2 meses de prestación por 12 meses de cotización a un máximo de 12 meses de prestación por un máximo de 48 meses meses de cotización (la prestación tiene alguna especialidades cuando el autónomo tiene 60 años)

Encontrarse en situación legal de cese de actividad.

No haber cumplido la edad ordinaria para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación, salvo que el trabajador autónomo no tuviera acreditado el período de cotización requerido para ello.
Hallarse al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social. No obstante, si en la fecha de cese de actividad no se cumpliera este requisito, el órgano gestor invitará al pago al trabajador autónomo para que en el plazo improrrogable de treinta días naturales ingrese las cuotas debidas. La regularización del descubierto producirá plenos efectos para la adquisición del derecho a la protección.

Cuando el trabajador autónomo tenga a uno o más trabajadores a su cargo, será requisito previo al cese de actividad el cumplimiento de las garantías, obligaciones y procedimientos regulados en la legislación laboral.

Solicitud y nacimiento del derecho
Los trabajadores autónomos deberán solicitar el reconocimiento del derecho a la protección por cese de actividad a la misma Mutua Colaboradora con la Seguridad Social a la que se encuentren adheridos. Los supuestos que determinan el derecho a la prestación están regulados y son muy claros y limitativos, y deben ser acreditados por el trabajador autónomo que quiera causar derecho (acreditar unas pérdidas de un 10%, cierre de la actividad, …….)
La cuantía de la prestación, durante todo su periodo de disfrute, se determinará aplicando a la base reguladora el 70%. Dicha base reguladora será el promedio de las bases por las que se hubiera cotizado durante los doce meses continuados e inmediatamente anteriores a la situación legal de cese.
La base de cotización por cese de actividad, se corresponderá con la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, que hubiera elegido como propia el trabajador autónomo con arreglo a lo establecido en las normas de aplicación.
El tipo de cotización será del 2,2 por ciento aplicable a la base de cotización elegida por el trabajador autónomo.
Pago único de la prestación por cese de actividad
Los titulares del derecho a la prestación por cese de actividad, que tengan pendiente de percibir un período de, al menos, seis meses, podrán percibir de una sola vez el valor actual del importe de la prestación, cuando acrediten ante el órgano gestor que van a realizar una actividad profesional como trabajadores autónomos.


AVISO DE INCORPORACIÓN DE LOS COMPAÑEROS A LOS LISTADOS DE LOS JUZGADOS PARA INTERVENIR COMO PERITOS.


Como cada año ANTAP pone en marcha la comunicación a nuestros asociados que quieran constar como Peritos en los listados judiciales. A fin de proceder a su confección, se establece como fecha tope de envío de datos el 23 de noviembre de 2018.


Los que queráis aparecer por primera vez en la guía debéis remitirnos los siguientes datos:
Apellidos, Nombre - Nº Asociado
Dirección postal
Tel  - Fax  - Móvil  – correo electrónico - web (si tiene)


Recordar que la inscripción y participación en los listados de peritos Legales y Forenses en voluntaria y tiene un plazo.