miércoles, 14 de noviembre de 2018


OPCIONES PARA TRABAJADORES MENORES DE TREINTA AÑOS --30--

-          Contrato INDEFINIDO APOYO EMPRENDEDORES:
Trabajador inscrito como demandante de empleo Periodo de prueba un año.

§  Debe mantenerse el empleo del trabajador contratado al menos 3 años desde la fecha de inicio de la relación laboral y así mismo deberá mantenerse  el nivel de empleo alcanzado al menos un año, en caso de incumplimiento de estas obligaciones procederá el reintegro de los incentivos aplicados
§  Incentivos
·         Fiscales por el primer trabajador contratado menor de 30 año, la empresa tendrá un reducción fiscal de 3000 euros
·         Bonificación 1º año 1000 €/año (83.33 €/mes) - 2º año 1100 €/año (91.67 €/mes) - 3º año 1200 €/año (100 €/mes) – Todo en proporción a la jornada en contrato a tiempo parcial

-          Contrato  A TIEMPO CON VINCULACION FORMATIVO (jornada no superior al 50%, salvo en el casos de beneficiarios Garantía Juvenil que puede llegar al 75%)

o   Indefinido o de duración determinada
o   Trabajador inscrito como demandante de empleo y ser beneficiario de Sistema de Garantía Juvenil
o   No tener experiencia laboral o que esta sea inferior a tres meses, o bien proceder de otro sector de actividad según CNAE, o bien carecer de título oficial de enseñanza obligatoria, de título de formación profesional o de certificado de profesionalidad
o   Reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes del 100% durante toda la vigencia del contrato con un máximo de 12 meses. Este contrato podrá ser prorrogado por otros doce mees siempre que el trabajador continúe compatibilizando el empleo con la formación, o la ya cursado en los seis meses previos a la finalización del periodo de los doce primeros meses.
o   Los trabajadores deben compatibilizar el empleo con la formación o justificar haberla cursado en los seis meses previo a la celebración del contrato.
o   La formación no será necesario que esté vinculada específicamente al puesto de trabajo, y podrá ser, formación acreditable oficial o promovida por el SEPE, o bien formación en idiomas o tecnologías de la información y comunicación de una duración mínima de 90 horas en cómputo anual
o   Debe mantenerse el nivel de empleo alcanzado al menos durante la duración de dicho contrato, con un máximo de 12 meses desde su celebración, en caso de incumplimiento de estas obligaciones procederá el reintegro de los incentivos aplicados
-          Contrato FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE (CCC especifico)
o   Trabajador inscrito como demandante de empleo
o   Reducción del 100% en las cuotas de la seguridad social del trabajador contrato y del 100% en las cuotas empresariales a la Seguridad social
o   Formación inherente al contrato y a la actividad de la empresa, para la obtención de un título de formación profesional, certificado de profesional, durante toda la vigencia del contrato con un Centro Acreditado. La no realización por el trabajador de la formación de manera continuada y hasta la obtención de la correspondiente titulación dará la lugar al reintegro de las reducciones aplicadas
o   El trabajador podrá solicitar en el SEPE la ayuda de 430€/mes

NOTA: Estos incentivos son aplicables mientras la tasa de desempleo se situé por debajo del 15%. Las últimas cifras han recogido una tasa de desempleo por debajo de dicho porcentaje pero el SEPE ha establecido que dichos incentivos serán aplicables mientras el ejecutivo no establezca una disposición de regulación

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