17/04/2015
El Congreso de los
Diputados aprobó ayer día 16 la Ley de Fomento de la financiación empresarial,
quedando pendiente de su publicación definitiva en el Boletín Oficial del
Estado.
El objetivo de esta Ley es mejorar el acceso de las pequeñas y medianas
empresas a la financiación, flexibilizando el acceso al crédito, tanto bancario
como el que circula por vías alternativas. Para este fin la norma recoge, por
ejemplo, la obligatoriedad de que las entidades de crédito avisen con al menos
tres meses de antelación a las PYMES si van a reducir o cancelar su
financiación, para que las empresas tengan tiempo para buscar nuevas fuentes de
financiación, o para ajustar su gestión de tesorería, de forma que tal
interrupción o reducción de la fuente de crédito no genere problemas de
liquidez que dificulten o incluso imposibiliten cualquier reajuste.
Junto con el aviso, las PYMES podrán reclamar a
la entidad crediticia información sobre su posición financiera, historial de
pagos, extracto, o su calificación crediticia, de manera que la empresa podrá
iniciar la búsqueda de fuentes alternativas de financiación con mayor
facilidad, haciendo el uso que mejor corresponda de su información financiera.
La norma también incluye la regulación de las
plataformas de financiación participativa, que a través de internet promueven
el micromecenazgo o "crowfunding"
con el objetivo, según recoge la norma, de garantizar, de manera equilibrada,
la correcta protección de los inversores y de impulsar, al mismo tiempo, esta
herramienta de financiación directa de proyectos empresariales. Regulará
exclusivamente los proyectos de financiación participativa que busquen un
rendimiento dinerario derivado de la financiación empresarial, y estarán
supervisados por la Comisión Nacional del Mercado de Valores y por el Banco de
España.
Las plataformas de "crowfunding" deberán someterse a una auditoría anual y
publicar una memoria de actividades. Además, se limita a 2 millones de euros el
importe que una empresa puede pedir a través de estas plataformas,
distinguiéndose dos tipos de inversores (acreditados y no acreditados) y
estableciéndose unos requisitos de información a quienes quieran aportar
dinero.
La Ley de Fomento de la Financiación Empresarial
también busca potenciar el Mercado Alternativo Bursátil (MAB), facilitando
que las empresas cuyo desarrollo y crecimiento lo requiera pasen a
cotizar en la Bolsa, para lo que se elimina por dos años la exigencia de la
declaración intermedia de gestión. En este apartado también se establece que
las empresas que coticen en el MAB y superen un umbral de capitalización de 500
millones de euros deberán solicitar la admisión a negociación en un mercado
regulado. Por último, se establecen mayores controles al MAB por parte de la
CNMV.
Otro de los pilares de la ley es la regulación
de los stablecimientos financieros de crédito (EFC), que a partir de ahora
pasarán a estar sujetos a los baremos de supervisión y solvencia aplicables a los
bancos.
Por último, la norma modifica el régimen
jurídico de las titulizaciones con el objetivo de simplificarlas y hacerlas más
transparentes y establece un régimen sancionador específico para las
infracciones administrativas en el ámbito comercial
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