Comisiones
por descubierto
Sentencia
en contra del abuso bancario
Cuando
una cuenta se queda al descubierto, aunque
sea por valoraciones, cuestión esa —a las valoraciones me refiero— de la que
también cabría hablar en su momento por abusiva, el banco nos cobra una misma
cosa por dos conceptos distintos. Por una parte nos aplica unos desaforados
intereses de mora, pero por otra nos cobra unas comisiones sobre el mayor saldo
al descubierto de cada periodo en cuestión. Normalmente esas comisiones por
descubierto están debidamente plasmadas en el contrato, ese contrato de letra
minúscula que no conozco a nadie que lo haya leído entero
nunca.
Ahora
bien, que estén en el contrato no significa que sean legales, o al menos eso ha
determinado hace poco una sentencia que obliga al Santander a devolver un
importe elevado a una pequeña empresa víctima de estos
abusos.
El
criterio que ha seguido la magistrada para condenar al Santander por el asunto
de las comisiones por descubierto ha sido muy sencillo: no importa que estén
pactadas en contrato, no importa que el cliente las haya aceptado, lo que
realmente importa es que las comisiones deben, siempre, responder a un servicio
prestado por el banco, y en ningún momento se ha demostrado que el hecho de que
la cuenta quede al descubierto haya ocasionado trámites o trabajo adicional al
banco que justifique los cargos a pesar de lo que el Santander ha intentado
defender asimilando el descubierto de una cuenta a la gestión de un
crédito.
En
definitiva, una sentencia que puede crear un precedente para que otros nos
animemos a denunciar estas cosas y conseguir que los bancos sean un poco menos
abusones con nosotros. A ver si este post sirve de algo.
Curiosidades:
La juez solicitó documentación que justificase el trabajo adicional producido
por el descubierto y el Santander alegó que no disponía del mismo: «hubo una
conveniente inundación en la oficina».
Según
dijo también la juez, considera «absurdo» asimilar un descubierto de este tipo
al trámite de aprobación de un préstamo.
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