Incremento
de los costes salariales
Otra
carga más para el 2014 aprobada en silencio
El
año comienza como no podría ser de otro modo si hablamos de Hacienda y la
Seguridad Social: fatal para el contribuyente/cotizante. Ambas administraciones
ávidas de, ya no de mordernos —que no queda carne a la que hincar el diente—,
sino de apurar hasta los huesos. Aprovechar hasta la última sustancia que puedan
conseguir de los contribuyentes, o al menos de los cada vez menos que quedamos
en activo y cotizando. Lo que han hecho no puede calificarse como otra cosa que
no sea un incremento de los costes salariales a traición. Una bajeza más a golpe
de Real Decreto.
¿En
qué consiste este nuevo golpe?
Mediante
Real Decreto de 21 de diciembre de
2013, el Ministerio de Empleo aumentó los conceptos retributivos
que se han de incorporar a las nóminas y, por lo tanto, que deberán cotizar a
la Seguridad Social. Se trata de conceptos salariales hasta ahora libres de
cotización como los pluses de comida, los seguros de salud o las aportaciones a
planes de pensiones.
Hay
que tener en cuenta que esto supone otro cambio en las reglas del juego. Por
ejemplo, entre las ventajas de lo de las aportaciones a los planes de pensiones
nos vendieron en su día que no cotizaban a la Seguridad Social. Eso fue un
incentivo para que muchas empresas decidieran mejorar las condiciones laborales
de sus trabajadores por este medio. Ahora, cuando la cosa está establecida y ya
han conseguido lo que querían, se olvidan de lo prometido y obligan a incluirlo
en las cotizaciones a la Seguridad Social incrementando sensiblemente los costes
de las empresas en un momento en el que lo que deberían hacer es fomentar la
contratación o el mantenimiento del empleo residual. Claro que el título del
Real Decreto no tiene desperdicio: «de medidas para favorecer la contratación
estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores».
Incluir
estas retribuciones en la cotización supone un incremento de costes para el
empresario del treinta por ciento y un menoscabo en la nómina del trabajador de
un seis por ciento.
Pero
la Seguridad Social es generosa —alabada sea en nombre del Señor— y permitirá
«el ingreso sin recargo de las cuotas derivadas por dichos conceptos de
cotización hasta el 31 de marzo de 2014». Amén.
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