miércoles, 30 de abril de 2014

¿Qué trabajadores recibirán la carta que les informe sobre su pensión?



El sector de pensiones privadas enviará una misiva paralela

¿QUÉ TRABAJADORES RECIBIRÁN
 LA CARTA QUE LES INFORME SOBRE SU PENSIÓN?

Empleo prepara un cambio en las nóminas de los trabajadores que incluya también más información sobre sus cotizaciones.


La Seguridad Social ultima el envío de cartas a los trabajadores para informarles sobre su futura jubilación. Antes de que finalice este año, la primera hornada de ciudadanos que recibirá esta misiva por correo ordinario serán los mayores de 50 años afiliados y perceptores por desempleo, que estén en situación de alta o baja en la Seguridad Social pero que acrediten los 15 años que se exigen como mínimo para acceder a una pensión de jubilación ordinaria. Este colectivo, según la memoria económica del Real Decreto que regulará esta información, asciende a 5,3 millones de personas.
A partir de 2015 el colectivo de ciudadanos a los que informará la Seguridad Social sobre sus expectativas de jubilación y pensión se ampliará a los mayores de 40 años, con lo que se enviarán aproximadamente cartas a 10,8 millones de trabajadores. Y, finalmente, a partir de 2016, bastará con acreditar más de cinco años cotizados, independientemente de la edad del trabajador, para que la Seguridad Social envíe la carta informativa. Esto elevará el colectivo de trabajadores informados a 17,6 millones.
El coste de este plan informativo para el Ministerio de Empleo ascenderá a 11 millones de euros para los próximos tres años. El Departamento que dirige Fátima Báñez prevé que el primer envío de estas cartas se realice a los seis meses desde la entrada en vigor del Real Decreto que se está ultimando, pero siempre antes de que finalice 2014.

Qué información tendrán la carta
Tal y como avanzó ayer el secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, en el Foro CincoDías la notificación que recibirán los ciudadanos a partir de final de año incluriá información puntual sobre:
- la edad legal de jubilación que le corresponderá al trabajador si continuase cotizando al sistema hasta dicha edad;
-la fecha a la que podrá acceder a la jubilación ordinaria;
-los periodos de cotización necesarios para ello;
-el importe anual y mensual de la pensión estimado en euros constantes calculado sobre 14 pagas.
Empleo precisa que para el cálculo de las expectativas de pensión se utilizará los datos que tenga la Seguridad Social en el momento de la fecha de la emisión de la carta. A partir de dicha fecha, se harán estimaciones en función de criterios técnicos que aún están por definir por parte de la Secretaría de Estado.
En cualquier caso, con carácter general, se usará como índice anual de actualización de la pensión el objetivo de inflación del Banco Central Europeo y no se tendrán en cuenta los coeficientes reductores aplicables a actividades penosas ni a la jubilación anticipada.

Otra carta del sector privado
Además, la comunicación por parte de la Seguridad Social deberá ir acompañada a otra paralela procedente de las entidades privadas sobre los instrumentos de carácter complementario y alternativo, tales como mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresariales o planes y fondos de pensiones y seguros individuales y colectivos. En este caso, la estimación se realizará a partir de las aportaciones realizadas a estos instrumentos por parte del asegurado, en el caso de haberlas hecho.

La obligación de la Seguridad Social de informar se prolongará hasta que el trabajador cumpla la edad legal de jubilación, salvo que o acredite en ese momento el periodo mínimo de cotización exigible; en ese caso se enviará hasta los 70 años.
En el caso de los instrumentos privados de protección, la comunicación se producirá hasta que el asegurado cumpla los 65 años y el importe se calculará sobre 12 pagas, a diferencia de la misiva de la Seguridad Social que hará el cálculo sobre 14 mensualidades.
Dicho todo esto, el Ministerio de Empleo avisa de que la información que se remitirá al ciudadano sobre sus futuros derechos de pensión tanto pública como privada, en caso de tenerla, "tendrá un mero valor informativo y orientador", por lo que "en ningún caso genera derechos ni expectativas de derecho a su favor, ni obligaciones o responsabilidades a las entidades que la emiten". En otras palabras, si en el momento de la jubilación la pensión que corresponde al trabajador es inferior que la calculada en estas cartas, no se podrá esgrimir esta información para exigir una cuantía mayor.

Nóminas más informativas
Además, el proyecto de Real Decreto que prepara Empleo, prevé implantar un nuevo modelo de nómina que reciben mensualmente los trabajadores asalariados que ofrecerá información más completa al ciudadano. Se prevé, entre otras cosas, que incluya la parte de aportaciones de la empresa en cotizaciones a la Seguridad Social por cada trabajador, algo que ahora no figura en estas notificaciones.
(publicado por CincoDías)

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