miércoles, 7 de mayo de 2014

Novedades aparecidas en el boletín de Laboral a fecha de 05/05/2014

Laboral


·         Legislación

·         DOUE

·         PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO

·         Galicia

·         CONSELLERIA DE TRABALLO E BENESTAR

·         Cantabria

·         CONSEJERIA DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO

·         Jurisprudencia

Tribunal Supremo FERNANDO SALINAS MOLINA 25 de marzo de 2014 1740/2013 Subsidio de desempleo.- Periodo de cómputo de rentas esporádicas (venta de activos muebles) a efectos de la suspensión o extinción del subsidio: la obtención de rentas superiores al mínimo legal por un tiempo que no alcance los doce meses, provoca la suspensión del subsidio, que podrá reanudarse en el momento que se acredite de nuevo la carencia.- Reitera doctrina, entre otras, SSTS/IV 28-octubre-2010 (rcud 706/2010) y 28-mayo-2013 (rcud 2752/2012).
Tribunal Supremo JOSE MANUEL LOPEZ GARCIA DE LA SERRANA 17 de marzo de 2014 1272/2013 Orden jurisdiccional competente para conocer de las reclamaciones derivadas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, si la demanda se ha presentado tras la entrada en vigor de la LRJS, sin que se hayan cumplido las previsiones de la DF 7ª, apartado 2: Es el orden contencioso administrativo.
Tribunal Supremo JORDI AGUSTI JULIA 12 de marzo de 2014 673/2013 RCUD. Despido objetivo de trabajador incluido en un ERE suspensivo. Nulidad del Despido.
Tribunal Supremo MILAGROS CALVO IBARLUCEA 26 de febrero de 2014 117/2013 INCOMPETENCIA OBJETIVA. SANCION EN MATERIA LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL. SANCION INFERIOR A 150.000 EUROS. SIN ACCESO AL RECURSO DE CASACION.
Tribunal Supremo LUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ 17 de febrero de 2014 142/2013 DESPIDO COLECTIVO. CONSORCIO UTEDLT DE SIERRA MORENA. DESAPARECIDA LA SUBVENCIÓN QUE ATIENDE A LOS GASTOS DEL CONSORCIO, LA DECISIÓN PROCEDENTE ERA DISOLVER EL CONSORCIO PARA QUE LOS TRABAJADORES SE INTEGRASEN AUTOMÁTICAMENTE EN EL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO, TAL COMO ESTÁ LEGALMENTE PREVISTO, CONSTITUYENDO FRAUDE DE LEY NO HACERLO ASÍ Y ACORDAR SU CONSEJO RECTOR -PRESIDIDO POR EL DELEGADO PROVINCIAL DE EMPLEO- EL DESPIDO COLECTIVO DE TODOS LOS TRABAJADORES, ATENDIENDO EL PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES CON UNA SUBVENCIÓN EXTRAORDINARIA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, IMPIDIENDO DE ESTA FORMA QUE PRODUZCA LA SUBROGACIÓN PREVISTA EN LA NORMA AUTONÓMICA. PROCEDE DECLARAR LA NULIDAD DE LA MEDIDA EXTINTIVA, CON CONDENA SOLIDARIA DEL CONSORCIO, DE LOS AYUNTAMIENTOS INTEGRANTES DEL MISMO, DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO Y DE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO DE LA COMUNIDAD AUTONOMA.

·         Casos Prácticos

Despido Laboral
Negociación Colectiva Laboral
Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo Laboral

·         Formularios

Despido y sanciones. Laboral
Despido y sanciones. Laboral
Expedientes de regulación de empleo Laboral
Modificación, suspensión, extinción Laboral
Derecho procesal Laboral Procesal

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