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Acceso al
recurso de suplicación en caso de reclamación de gran invalidez. El TS, apreciando la competencia funcional de
la jurisdicción social, anula la sentencia recurrida. Señala que en supuestos en
los que se reclama son prestaciones de la seguridad social por gran invalidez, la
fijación de la cuantía de la base reguladora de la prestación viene determinada
por la diferencia entre la prestación reconocida y la reclamada, sin que quepa excluir
del cálculo a realizar el complemento por gran invalidez, pues la pensión básica
del gran invalido incluye ese complemento, conforme a una interpretación literal
del precepto normativo aplicable. STA TS 01-12-2016.
miércoles, 22 de marzo de 2017
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