miércoles, 21 de junio de 2017

Sentencias Laborales


Ø  Retribución alta dirección en empresas públicas. El TS explica que si se acreditaran incrementos prohibidos en la retribución del personal directivo de una sociedad pública, la consecuencia no puede ser la superación de los límites presupuestarios para el resto del personal de la empresa. Ni siquiera por la vía de los daños y perjuicios, porque se vulneraría frontalmente las normas presupuestarias. STA TS 13-10-2016.


Ø  Conflicto colectivo. Panrico. Nulidad de las medidas de externalización de los servicios de logística. La empresa debió haber seguido el procedimiento previsto en el Estatuto de Trabajadores para la modificación colectiva sustancial de las condiciones de trabajo, y al no hacerlo se omitieron las garantías de este procedimiento, como es el periodo de consultas pertinente, en el que la empresa ha de aportar la documentación necesaria para que los representantes de los trabajadores conocieran la situación y pudieran intervenir en el mismo. STA TS 21-04-2017. Enviado noticia 07-06-2017.

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