lunes, 11 de febrero de 2019


REBAJAS POR PARTE DE LA EMPRESA EN COMISIONES QUE DA REGULARMENTE A LOS TRABAJADORES.

La rebaja por parte de la empresa de las comisiones de venta que cobran sus empleados no consiste en una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, de manera que el empresario puede adoptar dicha medida de forma unilateral, sin que tenga que ser negociada con los representantes de los trabajadores. Respecto a las comisiones, se trata de un concepto de naturaleza salarial, variable e independiente del salario, que premia la dedicación extraordinaria, el rendimiento superior al habitual o los buenos resultados, y está sujeto a cierta discrecionalidad de la empresa. Se desestima la demanda.

SJS nº 3 299/2018, 5 de Julio de 2018, de Palma - Jurisprudencia - VLEX 744066369


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