- Desde el 1 de abril ya es efectiva la ampliación a ocho semanas del permiso por paternidad, frente a las cinco semanas con las que se contaba hasta ahora y desde el pasado verano; permiso este en el cual las dos primeras semanas deben ser disfrutadas ininterrumpidamente tras el parto, mientras que las seis restantes será posible disfrutarlas de manera interrumpida, pudiendo ejercitarse tal opción desde la finalización del descanso obligatorio posterior al parto y hasta que el bebé cumpla 12 meses.Este permiso de paternidad, que será retribuido al 100%, es de carácter intransferible, y, por tanto, no podrá ser cedido a la madre caso de no ser disfrutado por el padre. No hay que olvidar que esta ampliación del permiso de paternidad es de carácter progresivo, por lo que tras esta primera ampliación, lo será a 12 semanas en 2020 y a 16 en 2021, equiparándose de este modo al de maternidad, momento a partir del cual las seis primeras semanas posteriores al parto serán obligatorias e ininterrumpidas, y las 10 restantes que correspondan a cada progenitor, a distribuir hasta que el bebé cumpla un año.
jueves, 25 de abril de 2019
ENTRA EN VIGOR EL PERMISO DE PATERNIDAD
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