viernes, 21 de mayo de 2021

Cuentas bancarias en la UE: Derecho a una cuenta bancaria básica.




A veces uno quiere o necesita abrir una cuenta bancaria en su país o en otro país de la UE. Si eres residente legal en un país de la UE, tienes derecho a abrir una "cuenta bancaria básica". El banco no puede rechazar tu solicitud de apertura de una cuenta bancaria básica por el mero hecho de que no vivas en el país donde esté establecida la entidad. Advertencia. Este derecho no se aplica a otros tipos de cuentas bancarias, como las de ahorro.

Cuándo puede negarse el banco a abrirte una cuenta de pago básica

El banco puede negarse a abrirte una cuenta si no cumples las normas de la UE sobre blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. En algunos países, pueden denegarte la apertura de una cuenta bancaria básica si ya tienes una cuenta similar en otra entidad del mismo país. Si solicitas una cuenta de pago básica fuera del país donde vives, en algunos países de la UE el banco también puede pedirte que demuestres tener un interés genuino: por ejemplo, porque vives en un país pero trabajas en otro.

Características de la cuenta de pago básica.

Una cuenta de pago básica es una cuenta que permite hacer operaciones corrientes de todos los días, tales como: depósitosretiradas de efectivo, recibir y efectuar pagos --domiciliaciones y compras con tarjeta--. También debe incluir una tarjeta de pago que puedas utilizar para retirar dinero y hacer compras, tanto online como en tiendas. A ser posible, el banco debe incluir en la cuenta el acceso a servicios bancarios online. En cambio, no siempre tiene obligación de autorizar descubiertos u ofrecer líneas de crédito. En algunos países de la UE, por la cuenta de pago básica el banco puede cobrarte una comisión anual, que debe ser de un importe razonable.

Una situación que se puede plantear es que por motivos de trabajo, tengas una cuenta abierta en España, donde resides y otra en Portugal, puesto que al lado de tu trabajo en Portugal tienes un banco que te permite tener operativa bancaria cómoda y para tus gastos diarios. Por lo que si eres parte de la UE, puedes tener otra cuenta aparte de tu país de residencia en donde trabajes. Los bancos no pueden denegarte la apertura de una cuenta básica por el mero hecho de no vivir en el país.

Información sobre las comisiones, o documento de información de condiciones.

Antes de abrir una cuenta, el banco debe darte un documento en el que exponga los servicios más importantes que ofrece la cuenta y todas las comisiones correspondientes que tengas que pagar. Es lo que se conoce como un "documento de información sobre las comisiones". Puedes utilizarlo para comparar el coste de las cuentas en distintos bancos. El banco debe darte también, al menos una vez al año, un documento en el que se recojan las comisiones cobradas en tu cuenta bancaria. Este "estado de comisiones" debe proporcionar también información sobre los tipos de interés aplicados en tu cuenta.

Traslado de cuentas. Dentro de un mismo país de la UE, puedes trasladar tu cuenta de un banco a otro. El nuevo banco debe ayudarte a hacerlo. Si quieres cambiar a una nueva cuenta en el mismo país, informa a tu nueva entidad y dile que quieres trasladar a la nueva cuenta tus órdenes permanentes. La nueva entidad se ocupará de garantizar que la antigua le transmita los datos y cancele todas las órdenes permanentes. Además, tendrá que: informar del cambio a terceros tales como tu empleador, tu seguridad social, los suministros de agua, gas, electricidad, etc. crear tus nuevas órdenes permanentesaceptar las domiciliaciones necesarias en la nueva cuenta. Es posible que debas pagar una comisión por el cierre de la cuenta antigua. Si durante el traslado de cuentas incurres en costes debido a que el banco ha incumplido algún plazo --por ejemplo, para cancelar un pago-- o ha cometido un error, tendrá que reembolsarte. En caso de dificultades, puedes dirigirte a un organismo de resolución extrajudicial de litigios. Ejemplo, No siempre es fácil trasladar cuentas bancarias Juan se muda de Madrid a Pontevedra y decide trasladar su cuenta a un banco de la capital. Así, le pide a la nueva entidad que traslade todos sus pagos a la nueva cuenta y cierre la que tenía en Madrid. El banco pontevedrés pide al madrileño que cancele las órdenes permanentes y cierre la cuenta para, a continuación, crear órdenes permanentes en la nueva. Pero se olvidan del proveedor de telefonía móvil y Juan debe abonar un recargo por el retraso en el pago de la factura. Juan se queja al banco, que acepta reembolsarle el recargo y corrige el error.

Tu dinero, a salvo en la UE. Las normas de la UE garantizan que el dinero de tu cuenta bancaria --cuenta de ahorro o cuenta corriente-- esté protegido en caso de quiebra de la entidad. Tu dinero está protegido hasta un límite de 100.000 euros o el equivalente en moneda local. Este límite se aplica por persona y por banco: puedes tener varias cuentas en la misma entidad, en cuyo caso el límite de 100.000 euros se aplica al conjunto de tus cuentas. Hay algunas excepciones a esta regla. Por ejemplo, si tienes una cuenta conjunta con tu pareja, el límite de 100.000 euros se aplica a cada uno de vosotros, es decir, un máximo de 200.000 euros por vuestra cuenta conjunta. Además, en una serie de circunstancias y durante un período limitado, tu dinero está protegido por encima de los 100.000 euros: dinero procedente de la venta de una vivienda particulardinero procedente de un acontecimiento especial en tu vida (matrimonio, divorcio, jubilación, despido, invalidez o el fallecimiento de un miembro de tu familia).

Dinero, procedente del pago de prestaciones de seguros o indemnizaciones por perjuicios que sean consecuencia de un delito o un error judicial. En estos casos, los importes superiores a 100.000 euros estarán protegidos durante un periodo no inferior a 3 meses y no superior a 12 meses después de haberse abonado el dinero, o a partir del momento en el que el dinero pasó a ser legalmente transferible, lo que depende de las condiciones y umbrales que establece cada país de la UE.

Legislación de la UE. Directiva 2014/92/UE sobre la comparabilidad de las comisiones conexas a las cuentas de pago, el traslado de cuentas de pago y el acceso a cuentas de pago básicas. Reglamento de Ejecución de la Comisión por el que se establece un formato de presentación normalizado para el documento de información sobre comisiones en Reglamento de Ejecución de la Comisión por el que se establece un formato de presentación normalizado para el estado de comisiones en 4ª Directiva sobre blanqueo de capitales. Directiva de la UE sobre los sistemas de garantía de depósitos para proteger a los depositantes de las entidades de crédito

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