viernes, 30 de septiembre de 2011
jueves, 29 de septiembre de 2011
TRES NOTICIAS IMPORTANTES:
1ª.- El próximo mes de noviembre el Portal de Subastas Judiciales Electrónicas estará en funcionamiento, lo que supondrá unos costes inferiores a los actuales, evitando desplazamientos y demoras a los licitadores, a dicho portal podrá uno conectarse y participar online con el e-DNI o cualquier certificado electrónico reconocido. Con esta iniciativa se continúa la experiencia iniciada en la región de Murcia, pionera en la celebración de subastas judiciales electrónicas en nuestro país y en Europa.
2ª.- Hasta marzo del próximo año no se aprobarán los Presupuestos Generales de 2012, -decisión que es preferible a la de prorrogar mediante un real decreto los de 2011-, con el fin de que se incluyan por ejemplo, los incrementos salariales para funcionarios y pensionistas. Hay que tener presente que el próximo 31 de diciembre caducan los avales del Estado a pesar de que haya prórroga de Presupuestos para 2012 y que su renovación está también pendiente de la aprobación de un real decreto-ley de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera.
3ª.- En el País Vasco existen dificultades para recuperar este año el Impuesto sobre Patrimonio; pues a la falta de acuerdo político entre las tres Diputaciones forales se añade un inconveniente con el que no cuenta el resto de España: En Euskadi, las normas de Patrimonio están derogadas, y su reinstauración requeriría la luz verde a una nueva regulación por parte de los gobiernos forales, su tramitación en las Juntas Generales y su aprobación en las cámaras provinciales (casi imposible si no se logra el suficiente consenso político) antes del 31 de diciembre, fecha de devengo del tributo que este año se pretende rescatar.
lunes, 26 de septiembre de 2011
De la primera de las leyes mencionadas que se relata a través de 19 páginas, te enviaré un resumen tan pronto como tenga tiempo para estudiarla, por considerarla la más cercana a nuestra profesión.
miércoles, 24 de agosto de 2011
Ventajas de pertenecer a ANTAP
Pertenecer a la Asociación Profesional ANTAP con un número importante de asociados a nivel nacional.
Certificado de usuario de la AEAT, acceso al sistema RED y al registro mercantil
Xunta de Galicia.
Convenio con el Registro Mercantil.
Convenio con la Delegación del Gobierno Madrid área de trabajo.
Consejerías diversas
Bancos
Convenio con la UNED
Convenio con Talaso Atlántico
Convenio con la Diputación Provincial de la Coruña.
Convenio con Compañías telefóni8cas.
Departamento de Justicia de la Xunta de Galicia
Formación Permanente con diploma y ponentes de prestigio.
Asesoría Jurídica en convenio con la entidad EIA ONLA.
Acceso al programa CIRCE como PAIT.
Acceso a servicios bancarios, informáticos, de formación, protección de datos, etc, a precios reducidos gracias a los convenios firmados con distintas entidades:Actualización constante sobre novedades laborales, tributarias, contables y de interés generalPresencia de ANTAP en todo el territorio nacional.
Oficinas y Sala de juntas para reuniones
martes, 23 de agosto de 2011
viernes, 31 de diciembre de 2010
La moralidad se relaciona al dominio de los hechos
Sam Harris
[Conferencia en TED]
jueves, 30 de diciembre de 2010
Todos los sistemas sociales se encuentran en un estado de evolución
Jacque Fresco
[Reflexión]
Los ciudadanos tienen que ser capaces de pensar críticamente
George Carlin
[Reflexión extraída de una presentación]
domingo, 26 de diciembre de 2010
El pensamiento científico se tiene que enseñar
Gabriel Gellon
[Conferencia en TEDxBuenosAires]
sábado, 30 de octubre de 2010
Calle Gregorio Espino 52. Entresuelo 3- Vigo Pontevedra
Teléfono: 986266151 – Móvil: 690672222
E-Mail: antapta1@gmail.com
http://antap.blogspot.com/
Instrucción 5/2001, de 10 de diciembre de 2001, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, sobre remisión anual a los órganos jurisdiccionales
Instrucción 5/2001, de 10 de diciembre de 2001, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, sobre remisión anual a los órganos jurisdiccionales de listas de profesionales para su designación judicial como Peritos.
El artículo 341 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, dispone, en su número primero, que en el mes de enero de cada año se interesará de los distintos Colegios profesionales o, en su defecto, de entidades análogas, así como de las Academias e instituciones culturales y científicas a que se refiere el apartado segundo del artículo anterior, el envío de una lista de colegiados o asociados dispuestos a actuar como Peritos.
Por otra parte, según el número segundo del mismo precepto, cuando haya de designarse Perito o persona sin título oficial, práctica o entendida en la materia, previa citación de las partes, se realizará la designación por el procedimiento establecido en el apartado anterior, usándose para ello una lista de personas que cada año se solicitará de sindicatos, asociaciones y entidades apropiadas, y que deberá estar integrada por al menos cinco de aquellas personas.
La presente Instrucción se desenvuelve en el ámbito estrictamente gubernativo, sin afectar a lo que en cada proceso se pueda decidir conforme a las leyes procesales. Ahora bien, puesto que el eficaz ejercicio de la potestad jurisdiccional presupone la disponibilidad de las relaciones deducibles del artículo 341 de la LEC, es por lo que este Consejo General del Poder Judicial ha entendido oportuno coordinar de un modo uniforme la actividad gubernativa desarrollada en este ámbito.
Esta Instrucción, elaborada tras un amplio trámite de audiencia, se dicta con independencia de adoptar más adelante las determinaciones que puedan ser precisas y se parte de las experiencias derivadas de la aplicación de la nueva Ley procesal civil. El objetivo es que el próximo mes de enero esté asegurada la disponibilidad por los órganos jurisdiccionales de estos medios auxiliares de la función judicial, cuya trascendencia se hace cada vez mayor a la vista de la creciente complejidad técnica de las cuestiones que se suscitan en los diversos procedimientos.
En su virtud, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 104.2 y 12.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en su reunión del día 19 de diciembre de 2001, ha acordado aprobar la presente Instrucción:
Primero.
A fin de que los órganos jurisdiccionales puedan disponer de los instrumentos necesarios para el más eficaz desempeño de su potestad jurisdiccional, en el mes de enero de cada año los Presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia procurarán que se encuentre a disposición de los distintos órganos jurisdiccionales de su demarcación territorial la relación oficial de profesionales colegiados o asociados que puedan actuar como Peritos a instancia de parte, procurando que la relación sea única para cada profesión o actividad.
Segundo.
Los Presidentes se servirán preferentemente de las relaciones que hayan sido ya elaboradas por las administraciones competentes en materia de medios personales y materiales al servicio de la Administración de Justicia, así como de las relaciones de que dispongan las Audiencias Provinciales y los Decanatos y servicios comunes de su ámbito territorial.
Tercero.
De no disponerse de tales relaciones, o de ser las mismas insuficientes para las necesidades de los distintos órganos y órdenes jurisdiccionales, podrán interesarse directamente de los Consejos Generales autonómicos o de los Colegios Profesionales comprendidos en su demarcación.
Cuarto.
En las comunicaciones que los Presidentes remitan a estos efectos, procurarán interesar que las listas se envíen preferentemente en soporte informático, actualizado, como mínimo con periodicidad anual, y que comprenda la lista de colegiados dispuestos a actuar como Peritos, con indicación de las sedes judiciales en las que éstos podrían intervenir, en función de su domicilio profesional o de otras circunstancias que resulten de la organización del servicio de actuaciones periciales por la corporación profesional. En ellas se facilitarán todas las circunstancias personales y profesionales necesarias y, en particular, los datos que puedan asegurar la comunicación con dichos profesionales, tales como domicilio profesional, dirección postal, teléfonos, fax, correo electrónico u otros de que disponga la corporación profesional.
Quinto.
Las listas facilitadas se pondrán a disposición de los Juzgados y Tribunales para que puedan adoptar las decisiones jurisdiccionales que estimen pertinentes.
Madrid, 19 de diciembre de 2001.
El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
Hernando Santiago.
Actualización de las listas periciales para los Juzgados.
A efectos de llevar a término la actualización de las listas de peritos colaboradores de la Administración de Justicia para el año 2011, tanto en las listas que prevé la Ley de enjuiciamiento civil (art. 341 y s.) como la de los peritos que estén dispuestos a actuar en los asuntos de Justicia gratuita, tienes que mandar un e.mail a la dirección de correo electrónico de ANTAP , antapta1@gmail.com
El plazo para presentar dichas listas a las a los Juzgados finaliza el próximo 14 de diciembre por lo que es urgente mandes tu e.mail con datos profesionales actualizados.
La incorporación a las mencionadas listas es totalmente voluntaria y requiere de tu autorización, puedes ver más información en nuestro Blog.
ASOCIACION NACIONAL DE TRAMITADORES ADMINISTRATIVOS “ANTAP”
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Teléfono: 986266151 – Móvil: 690672222
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miércoles, 28 de julio de 2010
QUÉ ES EL SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES.
Poseer una determinada cualificación significa disponer de las competencias --conocimientos, actitudes y destrezas -- necesarias para desempeñar el trabajo de forma adecuada a las exigencias de la ocupación profesional.El Sistema Nacional de Cualificaciones de Formación Profesional está concebido para que las personas puedan adquirir, actualizar o diversificar sus competencias profesionales a lo largo y ancho de toda la vida, según sus intereses, las necesidades de las empresas o los requerimientos del desarrollo productivo.El Sistema articula iniciativas y dispositivos para que la cualificación adquirida mediante formación, o a través de experiencia laboral, pueda acreditarse oficialmente y ser fácilmente reconocible en el mercado de trabajo.En el campo educativo, las personas adquieren competencias al cursar Ciclos de Formación Profesional (de grado medio o superior), quedando acreditadas en este caso mediante Títulos Profesionales. Si en lugar de completar todo un Ciclo sólo se cursan algunos de sus módulos, se podrá aspirar a la acreditación parcial de cada módulo superado.En el ámbito laboral, las competencias profesionales se adquieren a través de la experiencia. Éstas podrían ser acreditadas oficialmente si el trabajador aspirante cumple los requisitos establecidos, y siempre que supere un riguroso procedimiento de reconocimiento y evaluación.También en el ámbito laboral, los trabajadores pueden adquirir, actualizar o perfeccionar sus competencias profesionales participando en las diferentes iniciativas de Formación para el empleo, con el fin de adaptarse continuamente a los cambios habidos en los usos, técnicas y medios productivos.
viernes, 16 de julio de 2010
viernes, 30 de abril de 2010
La Tesorería General de la Seguridad Social trasladará a las Mutuas de Accidentes de Trabajo la información de los importes compensados por las empresas en los documentos de cotización.
Mutua Universal se encargará de la verificación de las diferencias detectadas. El plazo establecido para la citada verificación es de 30 días a contar desde la fecha de recepción de la información recaudatoria remitida por la Tesorería General de la Seguridad Social.
A partir de aquí, se abre un periodo de 10 días para dar traslado a la TGSS de las cantidades que deberán ser reintegradas por las empresas como consecuencia de una incorrecta compensación en sus documentos de cotización.
La Tesorería General de la Seguridad Social procederá a emitir las correspondientes reclamaciones de deuda contra las empresas en cuestión.
Las reclamaciones de deuda emitidas por la Tesorería, y no solucionadas en los plazos que establezcan podrá dar lugar a que la Empresa aparezca como deudora de la Seguridad Social, con las consecuencias que ello comporte. (Imposibilidad de acceder a concursos, posibles pérdidas de bonificaciones, etc.)
La citada Resolución entrará en vigor el día 24 de mayo, fecha límite establecida para la comunicación por parte de Mutua Universal, del historial de diferencias existentes por compensaciones indebidas de sus empresas asociadas. Desde Mutua Universal nos pondremos en contacto con usted si a día de hoy tiene reclamaciones pendientes, para regularizarlo antes de dicha fecha.Para evitar las posibles diferencias, le recordamos que puede consultar su Informe de Deducciones a través de la Zona Privada de nuestra web, con el cual puede comprobar los datos de deducciones a practicar antes de realizar los seguros sociales.Para cualquier duda que desee consultar, póngase en contacto con su interlocutor habitual.Reciba un cordial saludo,
Aviso legal: El Informativo Empresa le ha sido enviado a partir de sus datos de cliente de Mutua Universal. Los contenidos de este correo electrónico están protegidos por la Ley de la Propiedad Intelectual. La distribución, modificación, transmisión, copia o cualquier uso de los contenidos del correo electrónico con finalidades públicas o comerciales sin la autorización de Mutua Universal es una infracción penalizada por la legislación vigente. Mutua Universal rechaza la responsabilidad por cualquier información no elaborada por Mutua Universal o no publicada con su nombre y, en especial, no asume ninguna responsabilidad por la información contenida en páginas web de terceros. Si no desea seguir recibiendo este tipo de mensajes de Mutua Universal haga clic aquí » Mutua Universal Avda. Tibidabo, 17-19 Barcelona, Barcelona 08022
miércoles, 28 de abril de 2010
ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA
Desde la creación de la página Web de la Agencia Tributaria en abril de 1996, la Agencia ha ido incrementando de forma progresiva el número de trámites que pueden realizarse por medios electrónicos y el número de servicios que pueden prestarse electrónicamente.
Es decir, de forma facultativa, se ha ido desarrollando la posibilidad de que los ciudadanos y obligados tributarios, así como los profesionales que prestan servicios de carácter tributario , se relacionen con la Agencia por medios electrónicos.
No obstante, la Ley 11/2007 supone un salto cualitativo en materia de administración electrónica, al establecer para las Administraciones Públicas la obligación de facilitar los medios necesarios para que los ciudadanos y obligados tributarios puedan de un modo efectivo relacionarse por medios electrónicos con ellas.
Por otra parte, las ventajas que para los profesionales prestan servicios de carácter tributario tiene el uso de los medios electrónicos son innumerables, no solo directas en sus trámites con la Agencia Tributaria, sino también todas las demás derivadas de la imprescindible inmersión en la sociedad de la información y el uso de las tecnologías de la información.
A continuación, se recuerdan los trámites que los profesionales y ciudadanos pueden realizar a través de la administración electrónica en la Agencia Tributaria.
1 – REQUISITOS PREVIOS
Para realizar por vía telemática los trámites que se indican en los apartados siguientes, es necesario contar con alguno de estos requisitos:
1.1 – Para los profesionales tributarios
· Colaboración Social para la presentación de declaraciones por vía telemática en nombre de terceros.
Requiere la previa adhesión a los convenios de colaboración social que las entidades tengan firmado con la Agencia Tributaria.
Información general
Requiere además, el certificado de usuario o el D.N.I. electrónico.
Agencia Tributaria - Certificado electrónico
· Representación de terceros por apoderamiento
Requiere la inscripción en el Registro de Apoderamientos regulado en la Resolución de 18 de enero de 2005.
Dicha inscripción permitirá realizar, on line por vía telemática, todos los trámites de los clientes representados.
Agencia Tributaria - Registro de apoderamientos por representación
Requiere además, el certificado de usuario o el D.N.I. electrónico.
Agencia Tributaria - Certificado electrónico
1.2 – Para los particulares
· Certificado de usuario.
Certificado FNMT
Requiere la descarga en un ordenador del certificado de la FNMT o similar. Se posibilita su exportación a través de CD o disquete.
· DNI electrónico
Requiere lector de DNI electrónico y descargar un programa informático
(www.usatudni.es- “ como utilizarlo”)
Se puede utilizar en cualquier ordenador que tenga el programa indicado.
2 – TRAMITES A TRAVÉS DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA
Sede Electrónica - Inicio
2.1 – Solicitud u obtención de certificados on line por Internet.
Sin los requisitos anteriores se pueden solicitar los certificados, pero serán recibidos por los clientes en su domicilio fiscal.
Con alguno de los requisitos indicados se pueden solicitar y obtener on line.
Sede Electrónica - Solicitar y recoger certificaciones tributarias
2.2 – Consulta de expedientes y realización de trámites
A través del banner “SEDE ELECTRÓNICA – MIS EXPEDIENTES”, se puede realizar on line, entre más de 100 trámites, los siguientes:
· Obtener borrador de declaración IRPF.
· Obtener los datos fiscales para confeccionar la declaración IRPF.
· Presentación de todas las declaraciones y consulta de las presentadas en años anteriores.
· Solicitar y recoger todos los tipos de certificados.
· Contestar requerimientos relativos a todos los procedimientos.
· Efectuar alegaciones en todos los procedimientos.
· Efectuar solicitudes de aplazamientos.
· Consulta de diligencias de embargo.
· Solicitar beneficios fiscales.
· Presentar recursos.
· Consultar el estado de la tramitación de todos los procedimientos iniciados después del
· Consultar el estado de tramitación de las devoluciones solicitadas.
· Consultar el estado de tramitación de los recursos y alegaciones presentadas.
· Comprobar y modificar el domicilio fiscal y demás datos censales.
· Pagar impuestos.
· Consultar deudas.
· Apoderar y otorgar representación.
Y muchos más.
2.3 – Pago electrónico
Se puede realizar el pago de impuestos mediante cargo en cuenta o con tarjeta. Hay que resaltar la posibilidad introducida por la Resolución de 3 de junio de 2009 de la Agencia Estatal de Administración Tributaría, que permite el cargo en una cuenta de titularidad del obligado al pago, ordenado por un tercero, siempre que esté apoderado expresamente para ello (inscrito en el Registro de Apoderamientos de la AEAT).
Sede Electrónica - Pago de impuestos
2.4 – Recepción de notificaciones por medios electrónicos.
A través de la dirección electrónica habilitada o mediante comparecencia en SEDE Electrónica. Puede obtener más información en
Agencia Tributaria - Notificaciones
3 – INFORMACIÓN Y AYUDA
Para cualquier consulta, aclaración o ayuda en este sentido puede dirigirse a la Dependencia Provincial de Informática en la Delegación de la AEAT en Vigo, o al Centro de Atención Telefónica 901 200 347 o al formulario de soporte en el apartado Direcciones y Teléfonos de la página web citada.
Vigo, 9 de abril de 2010
DELEGACIÓN DE LA AEAT EN VIGO
Carta de la AEAT para los profesionales de ANTAP
Presidente de ANTAP en Vigo
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Vigo, 9 de abril de 2010
Estimado presidente.
Como usted sabe, la Agencia Tributaria, con carácter facultativo, viene haciendo un importante esfuerzo para facilitar a los profesionales dedicados a la prestación de servicios de carácter tributario el uso de medios telemáticos para la realización de trámites de sus clientes.
La Ley 11/2007 establece para las Administraciones Públicas la obligación de facilitar los medios necesarios para que los ciudadanos y obligados tributarios puedan relacionarse con ellas por medios electrónicos.
La Agencia Tributaria ha dado ya un paso cualitativo fundamental para la aplicación efectiva de esta Ley, poniendo a disposición de los interesados la posibilidad de efectuar trámites y consultas a través de internet. Así, se ha conseguido tener todos los procedimientos y actuaciones adaptados a la citada Ley.
Para informar a los profesionales que prestan servicios de carácter tributario de las novedades en esta materia, hemos elaborado la nota informativa que acompañamos a este escrito, por lo que rogamos remitan la misma a sus colegiados o asociados.
Deseando que todos sus colegiados o asociados puedan beneficiarse de las ventajas que ofrece la administración electrónica en la Agencia Tributaria, y agradeciendo su colaboración en la difusión de la nota informativa, le saluda atentamente,
Olga Bobadilla Pérez
Delegada de la AEAT en Vigo
sábado, 24 de octubre de 2009
El efecto Mateo, una realidad, el más rico más rico y el más pobre más pobre
El “efecto Mateo” y los presupuestos del estado para el 2010
by ANTONIO CABRALES on 19/09/2009
Si alguien tan culto y bien informado como Pablo Vázquez le pone de nombre a su hijo Mateo (por cierto, ¡felicidades!) sin saber lo que es el efecto Mateo seguramente es útil que se lo explique, antes de decirles qué tiene que ver con los presupuestos que vienen.
El nombre tiene su origen en una frase de la parábola de los talentos, en el evangelio de San Mateo: “al que más tiene más se le dará, y al que menos tiene, se le quitará para dárselo al que más tiene.” Esta frase le sirvió al eminente sociólogo Robert K. Merton (el padre de nuestro Merton, a su vez uno de los culpables de la crisis según Krugman, por ayudar a Black y Scholes a inventar su malvada fórmula de valorar opciones) para titular un artículo en Science que ilustra un fenómeno importante en sociología de la ciencia. En su versión más básica simplemente dice que los científicos más eminentes reciben una cantidad desproporcionada del crédito y la recompensa por un descubrimiento. La implicación interesante de esta observación es que la recompensa aparentemente desproporcionada y la seguridad en sí mismos que acarrea, les hace ser más arriesgados, y estudiar problemas más difíciles, cuya solución contribuye a aumentar aún más su prestigio y recompensas futura. Por eso, “al que más tiene más se le dará.” No parece un mal sistema para gestionar el progreso científico.
Menos a nuestro ministerio de Ciencia y Tecnología, claro. A ellos les debe parecer poco evangélico, aunque lo diga San Mateo. Ya este año, el 2009, ha habido un serio recorte en el presupuesto para proyectos. En sí mismo esto puede no ser un grave error. Los gastos de inversión quizá pueden posponerse en caso de crisis presupuestaria profunda. Pero si hay que recortar, atendiendo a la segunda frase del efecto Mateo “al que menos tiene, se le quitará para dárselo al que más tiene.” En realidad esto es una implicación elemental de lo que enseñamos en Principios de Economía. Primero, reducir las unidades de gasto que tienen un valor marginal más bajo. Pues no. Mi grupo de investigación ha recibido un recorte del 50% de su financiación. Otros grupos, que tradicionalmente recibían menos per capita han sufrido recortes menores. Me suena a contraefecto Mateo o al tradicional café para todos hispano. Y lo peor puede venir el 2010. Mi lectura en diagonal de la prensa antizapaterista dice que Ciencia y Tecnología tendrá el mayor recorte presupuestario de todos los ministerios, lo cual entra en seria contradicción con el objetivo de “cambio de modelo productivo” que parece ser un mantra para comentaristas de todos los colores. Ojalá me equivoque y todo sea un infundio neo-fascista, del que por supuesto la otra prensa no se ha hecho eco. Pero la observación del presente me hace temer que el error de este año se repita.
martes, 30 de septiembre de 2008
Los agujeros de la Justicia, no son coyunturales, son estructurales
El Gobierno quiere abordar esta gran reforma pendiente con el consenso del PP, pero tiene ante sí una batería de problemas que van de la falta de medios a la politización
Autor:
Retrasos, errores, falta de medios, sobrecarga de trabajo, caótica organización judicial, mala distribución del trabajo, descoordinación, corporativismo, politización. Estos son algunos de los graves problemas que afectan a la Justicia española. El Gobierno quiere abordar en esta legislatura su reforma siempre pendiente y modernizarla, con el consenso del PP. De momento, sin embargo, la primera actuación de ambos ha sido repartirse el Consejo General del Poder Judicial con vocales afines políticamente.
1
Falta de medios.
España es uno de los países europeos que menos recursos dedica a la Justicia, en torno al 1% de los Presupuestos Generales del Estado, frente al 3% de los más avanzados de nuestro entorno. «Cada vez que se haga una reforma legislativa debe llevar aparejada una memoria económica para dotarla de medios», asegura el portavoz de Jueces para la Democracia, Miguel Ángel Gimeno. «Hay que dejar de hablar y hablar, pasar de las proclamas retóricas a los hechos e invertir para que la Justicia deje de ser la cenicienta», afirma el de la Asociación Profesional de la Magistratura, Antonio García. «Los responsables de dotar de medios son el Ministerio de Justicia y las comunidades que tienen las competencias transferidas», puntualiza.
2
Deficiente organización del trabajo.
«Seguimos con una Justicia decimonónica, es necesario replantearse todo el modelo de trabajo, definir cómo debe funcionar la oficina judicial», resume Lorenzo del Río, portavoz de la asociación judicial Francisco de Vitoria. Es imprescindible una reorganización del trabajo en las nuevas oficinas judiciales para que los jueces se dediquen solo a juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. También elaborar un nuevo mapa judicial para adecuar y distribuir los recursos actuales.
3
Escasez de jueces.
España ocupa uno de los últimos puestos en el ránking europeo de jueces por habitante. Cuenta con unos 4.500, 9,4 por cada 100.000 habitantes, frente a los 24 de Alemania. Los jueces y magistrados tienen que hacer frente a más ocho millones de asuntos anuales. Paradójicamente, en las últimas oposiciones están quedando entre un 20 y un 25% de plazas vacantes. «La solución es incrementar el número de jueces poniéndolos en correspondencia con la demanda judicial existente», asegura García. Además, el número de interinos es muy elevado.
4
Informatización muy pobre. « Hay que interconectar los sistemas informáticos, ya que ahora no son compatibles los de las comunidades autónomas y el ministerio», asegura Del Río. La descoordinación entre juzgados es alarmante, como ha puesto de manifiesto el caso de Mari Luz Cortés. «Trabajamos con un instrumental absolutamente anacrónico y obsoleto», concluye García.
5
Atasco gigantesco.
Un ejemplo clarificador: los juzgados de lo penal de toda España tenían al cierre del año pasado pendientes o en trámite de ejecución casi 270.000 asuntos. Esta cifra se refiere solo a un tercio de la jurisdicción penal, ya que no incluye las resoluciones dictadas por las audiencias provinciales, los tribunales superiores de justicia y los órganos centrales (Tribunal Supremo y Audiencia Nacional). Este monumental atasco se repite con variaciones en los demás juzgados. Fue precisamente un retraso en la ejecución de la sentencia de 21 meses a Santiago del Valle por abusos sexuales a su hija lo que le permitió asesinar a la niña Mari Luz.
6
Politización.
«La elección de los vocales del CGPJ ha sido un auténtico fraude de ley, pues ha consistido en un simple reparto entre los partidos mayoritarios que reproduce la aritmética parlamentaria en el tercer poder del Estado -lo que va contra la doctrina del Constitucional- y no ha respetado la pluralidad de la carrera judicial», asegura Lorenzo del Río. También protesta por la designación directa por parte de Zapatero del presidente del CGPJ y el Supremo, Carlos Dívar. Estos hechos «revelan la cada vez más clara politización de la Justicia y el riesgo de verse perturbada la independencia judicial», asegura la asociación en un comunicado. Para solucionar este problema, García aboga por la vuelta al sistema de 1985 de elección directa de los 12 vocales de extracción judicial por parte de los jueces y magistrados y Gimeno por someter a un exhaustivo examen parlamentario a los candidatos.
7
Corporativismo.
La multa de solo 1.500 euros impuesta por el Consejo del Poder Judicial al juez Rafael Tirado ejemplifica el corporativismo de los jueces. Los portavoces de las asociaciones matizan esta acusación. «Se corre el peligro de contentar a la sociedad aplicándole la mayor sanción, convirtiéndole en un chivo expiatorio para acallar conciencias, para no analizar por qué se produjo el retraso, qué carga de trabajo tenía su juzgado, qué déficits informáticos había, qué otras personas tenían responsabilidad», explica Del Río. «Se le están pegando patadas en su trasero y por traslación en los de todos los jueces sin poner en tela de juicio todo lo demás», asegura Gimeno.
8
Pésima imagen.
«La Justicia es una institución pésimamente valorada, tiene un grado de confiabilidad muy bajo por la sociedad», admite Antonio García. Las encuestas muestran que los ciudadanos la suspenden una y otra vez y la sitúan entre las peor valoradas, por debajo del Gobierno o el Parlamento. Es la consecuencia directa de los problemas descritos que hacen que el sistema judicial no sea capaz de dar una respuesta eficaz a las demandas de los españoles. También de la visión de una parte significativa de los ciudadanos, que consideran blandas algunas penas y que la Justicia se preocupa más de los acusados que de las víctimas.