Ø La tramitación de un proceso
penal en materia de prevención de riesgos laborales paraliza el procedimiento sancionador, e interrumpe la
prescripción, siempre que exista una conexión directa entre las actuaciones
administrativas y penales, sin necesidad de que exista una identidad subjetiva,
es decir independientemente de que las actuaciones penales no se sigan contra
la empresa como tal sino contra sus directivos. STA TSJ Cantabria 01-07-2016
Ø Cabe acudir al procedimiento
ordinario cuando se discute el monto de la indemnización por despido reconocida en la carta de despido, fundándose la discrepancia
en la antigüedad reconocida por la empresa para determinar su
monto. Casamos y anulamos la sentencia
recurrida, y resolviendo el debate en suplicación, se estima el recurso de tal
naturaleza formulado por la trabajadora, revocando en parte la sentencia de
instancia para que, partiendo de la adecuación del procedimiento ordinario para
resolver la totalidad de la pretensión, se pronuncie sobre la procedencia o no
de la indemnización que excede de la señalada en la carta de despido por
alegada mayor antigüedad, con absoluta libertad de criterio. STA TS 26-04-2016 unificación doctrina.
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