Ø Aunque estatutariamente el cargo de administrador sea gratuito se puede alcanzar los beneficios de las reducciones del art.20 el ISD, si concurren los demás requisitos. Base liquidable. Reducción del 95% a la transmisión de empresa individual. Requisitos de ejercicio de funciones directivas y percepción de remuneraciones por su desempeño superior al 50 % del total de los rendimientos empresariales y profesionales y de trabajo personal. La reducción debe aplicarse cuando pueda entenderse materialmente cumplido el requisito legal controvertido, sin que deban excluirse los supuestos en que los estatutos societarios preveen la gratuidad de los cargos de administración de la sociedad si queda demostrada la existencia de una relación laboral entre el sujeto que ejerce efectivamente funciones directivas y la sociedad. Reitera doctrina. STA TS 18-01-2016.
Ø Denegación de la expedición del certificado de haber ejercido la opción por el régimen especial de tributación por el IRNR. La única razón dada por la Administración tributaria a lo largo del procedimiento administrativo para denegar la solicitud presentada - obtener certificado acreditativo del derecho a tributar por el IRNR- ha sido por considerar que, de acuerdo con la base de datos de la AEAT, el solicitante había presentado en el año 2009 declaración del IRPF, lo que acreditaba su residencia en España y, por tanto, el incumplimiento del requisito previsto en el art. 111.a) del RD 1175/2004. El recurrente solicita y obtiene la rectificación de dicha autoliquidación por resolución de 5 de abril de 2013. Es evidente que el único argumento dado por la Administración resulta equivocado.STA TSJ Madrid 19-04-2016.
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