Ø IRPF. Indemnización por cese de la
relación laboral de alta dirección. Reducciones
de la base imponible. Pago de un bonus al director general de la entidad.
Carácter irregular y plurianual de esta percepción, sobre el que puede
aplicarse una reducción del 40%. Está exenta la indemnización percibida por la
interesada con causa en su cese como personal de alta dirección cuando la
indemnización satisfecha revista carácter obligatorio hasta el límite de 7 días
de salario por año de trabajo y con el tope de 6 mensualidades. Cambia doctrina. STA AN 08-03-2017 Enviada
como noticia 14-06-2017
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