Ø Reclamación de diferencias salariales. No procede reconocer al trabajador la cantidad reclamada en concepto de abono de determinados días trabajados como festivos por alegarse que se habían trabajado en sustitución del día de descanso. No ha quedado acreditado que el trabajador haya prestado servicios en los días que le correspondían como libres, ni tampoco en festivos, por lo que de haberse producido un exceso en la jornada, debería haberse retribuido como horas extraordinarias, pero no como festivo, al faltar uno de los requisitos para que operase el sistema de retribución establecido en el convenio colectivo de aplicación. Falta de contradicción entre las sentencias comparadas. STA TS 25-10-2016
lunes, 27 de febrero de 2017
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