lunes, 30 de diciembre de 2013

VEHICULO RETIRADO POR LA GRUA. ¿Pueden retenerlo?

VEHICULO RETIRADO POR LA GRUA y retenido ilegalmente

VEHICULO RETIRADO POR LA GRUA

No parece que sea legal que retengan el vehículo en el depósito


Lo del VEHICULO RETIRADO POR LA GRUA y retenido ilegalmente sin posibilidad de llevárselo mientras no se paga el servicio no es nada nuevo, de hecho, buscando por internet he encontrado una sentencia de la que no he podido confirmar fecha, pero que es de la década de los ochenta. Por lo que he podido ver, la cosa no ha cambiado desde entonces y parece ser que sigue siendo completamente ilegal que nos retengan el coche hasta que paguemos el servicio de grúa.
Por aquel entonces la Audiencia Territorial de Madrid ya condenó al Ayuntamiento de la capital a la devolución de las 3.000 pesetas cobradas en concepto de tasa por la retirada de su vehículo mal estacionado.
Según decía la sentencia, retener el vehículo mientras no se pague la tasa es contrario al derecho a la propiedad. Un derecho avalado, tanto por la Constitución española como por el Código Civil. Un derecho que si bien es cierto que se puede limitar, solo puede hacerse por una norma de rango legal y no por medio se una simple ordenanza municipal.
La ordenanza en cuestión dice —o decía—:
"no serán devueltos a sus propietarios ninguno de los vehículos que hubieren sido objeto de recogida mientras no se haya hecho efectivo el pago de los derechos establecidos en el artículo tercero, salvo que, en caso de haberse interpuesto reclamación, fuese depositado o afianzado el importe de la liquidación correspondiente"
Como siempre, a veces nos resulta más fácil —y cómodo— pagar que reclamar. Yo sigo pensando que si todos recurriésemos todo aquello que es injusto o abusivo, no sería tan fácil hacernos pasar por el aro cada día. Ya sé que en ocasiones sale incluso más caro recurrir que pagar con descuento las multas —con esa ventaja juegan—, pero ¿qué pasa con nuestros derechos? ¿Dejamos que nos los vayan quitando poco a poco hasta quedarnos sin ellos? Cuando ya no los tengamos no se nos permitirá reclamar.
Ramón Cerdá

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