Mostrando entradas con la etiqueta perito. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta perito. Mostrar todas las entradas

miércoles, 4 de enero de 2023

Aprobada la modificación de la gestión de la IT

 

EiaFormación, Centro online, Formación capacitante, colaborador de ANTAP 690672222

Aprobada la modificación de la gestión de la IT: la comunicación del altas y bajas será telemática 

El Consejo de Ministros del pasado 27/12/2022 ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.

Mediante un real decreto (pendiente de publicación en el BOE) se introducirán cambios en determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal (IT) en los primeros 365 días de su duración, con el fin de agilizar trámites y eliminar obligaciones burocráticas que prolongan innecesariamente los procesos, lo que supone un importante beneficio para empresas, trabajadores y para los propios facultativos de los Servicios Públicos de Salud.

Así, en lo relativo a los partes médicos de bajas y altas, solo se entregará una copia a la persona trabajadora; se elimina tanto la segunda copia, como la obligación a la persona trabajadora de que sea ella quien que entregue esta copia en la empresa, entidad gestora o mutua. La comunicación entre las entidades emisoras y el INSS será telemática, evitando trámites que pueden resultar gravosos para personas que están en situación de incapacidad temporal y aprovechando las posibilidades de mejorar la eficacia y la eficiencia que brindan los avances en digitalización y tecnologías de la información.

Además, se aclara que, en los procesos de IT, los facultativos del Servicio Público de Salud, de la empresa colaboradora o de la mutua podrán fijar plazos de revisión médica inferiores a los señalados en el Real Decreto, en función de la evolución del proceso. Se trata así de evitar dudas interpretativas propiciadas por la redacción actual de la norma.

martes, 15 de noviembre de 2022

Es válido grabar la conversación con un compañero de trabajo para forzar su despido.

  

EIAFORMACION, formación Online, 24 horas, 365 días,, Técnico social en Peritajes. mail eiaformacion tl 690672222

El empleado que sufrió las amenazas grabó la conversación y la empresa aportó el audio en sede judicial

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha ratificado la validez de la prueba aportada por la empresa en sede judicial consistente en la grabación de la conversación telefónica de un trabajador que fue despedido por amenazar e insultar a un compañero de trabajo. La sentencia, de 23 de septiembre de 2022, constata que “no existía otro medio de prueba más eficaz para demostrar las amenazas”. El caso

El trabajador venía prestando sus servicios para Prosegur, desde marzo de 2014,  como operador de soporte técnico. En abril de 2021, el empleado fue despedido disciplinariamente por malos tratos de palabra u obra, abuso de autoridad o falta grave al respeto y consideración a un compañero de trabajo. Disconforme con tal decisión, el hombre interpuso una demanda de despido contra la empresa de seguridad. Sin embargo, el Juzgado de lo Social n.º 6 de Madrid desestimó la demanda y declaró procedente la extinción de la relación laboral. En concreto, el compañero de trabajo del actor y persona presuntamente agredida por medio de una llamada reconoció en el acto del juicio que el actor le profirió vía telefónica las siguientes expresiones: “¿qué pasa payasete? ¿Qué quieres que te reviente la puta cabeza o qué? Imbécil, vuelve a hacer eso otra vez que vas a ver tú como nos vamos a ver tú y yo”.

En la misma línea, la empresa, para acreditar tal circunstancia, aportó en el juicio como prueba la grabación de la conversación telefónica ocurrida entre el demandante y la víctima de las amenazas.

El demandante se opuso a la admisión de dicha prueba y formuló recurso de reposición frente a su admisión. Sin embargo, como dicha conversación se produjo en el ámbito de la relación laboral del actor y su compañero de trabajo, el Magistrado-Juez estimó que la misma fue admitida correctamente.

La prueba de grabación es lícita

Ahora, la Sala de lo Social del TSJ de Madrid ha desestimado el recurso de suplicación planteado por el trabajador cesado y ha ratificado la validez de la prueba de grabación. En primer lugar, el Tribunal subraya que la prueba de audio aportada por la empresa resultaba “útil, necesaria y pertinente” para esclarecer la veracidad de las imputaciones contenidas en la carta de despido. “¿Qué pasa payasete? ¿Qué quieres que te reviente la puta cabeza o qué? Imbécil, vuelve a hacer eso otra vez que vas a ver tú como nos vamos a ver tú y yo”.

En segundo término, la Sala de lo Social recuerda que, para analizar la validez de la prueba consistente en grabaciones de sonido, desde una perspectiva del derecho a la intimidad, debe valorarse si aquellas superan los tres elementos del clásico test de proporcionalidad a que se refiere reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional: Juicio de idoneidad: si la captación de sonido es un medio idóneo para conseguir el objetivo propuesto; Juicio de necesidad: si la grabación es el medio menos intrusivo, no existiendo otros medios de prueba igual de eficaces; Juicio de proporcionalidad: si existe un equilibrio o ponderación entre los perjuicios causados por la intromisión y los beneficios o ventajas para el fin que pretende protegerse. Pues bien, a juicio del Tribunal, la aportación de la grabación de la conversación telefónica resulta idónea y necesaria, “en cuanto no existía otro medio de prueba más eficaz para demostrar las amenazas”, y proporcionada, “sin que se aprecie vulneración del derecho a la intimidad en una conversación en la que participa el trabajador ofendido que recibe el menosprecio y amenazas de su compañero de trabajo”. Por consiguiente, sentado que los medios de prueba admitidos en la vista oral eran lícitos, la Sala coincide con la sentencia recurrida en que los hechos llevados a cabo por el trabajador demandante supusieron un “comportamiento grave y culpable con la suficiente entidad e intensidad como para justificar la decisión patronal de despido”. Así, en palabras del TSJ, una falta de respeto hacia un compañero de trabajo como la aquí descrita, “no debe ser tolerada en el ámbito de la relación laboral”. (E&J)

miércoles, 11 de mayo de 2022

Lexnet pasará a ser compatible con otros navegadores además de Internet Explorer

 


Lexnet supuso una malversación más en este estado de deshecho, empezó como un acto más de corrupcion y además inservible y todo el mundo callado viendo para otro lado, después de años, nos dicen que van a compatibilizar y adaptase a los nuevos tiempos, algo que ya las economías domésticas ya vivían. No hay nada nuevo en esta España, la justicia es la primera que tenía que tirar la primera piedra para dejar de ser la verguenza de esta España a la deriva. 

El cambio debe estar listo antes del verano porque Microsoft dejará de dar soporte a partir del próximo 15 de junio 

A estas alturas, en muchos ámbitos puede parecer raro que un determinado sistema sea solo compatible con Internet Explorer, sobre todo teniendo en cuenta que Microsoft ya dejó de desarrollarlo hace tiempo y que lo sustituyó por Microsoft Edge. Sin embargo, esto es posible: Lexnet, sistema de gestión de notificaciones telemáticas desde los juzgados a los profesionales de la Justicia (abogados y procuradores), solo es compatible con Explorer. Pero ahora, eso va a cambiar.

Aitor Cubo, director general de Transformación Digital de la Administración de Justicia, ha anunciado que Lexnet va a comenzar a ser compatible con otros navegadores y que esta compatibilidad «debería estar antes del verano», según sus propias palabras.

La incompatibilidad de Lexnet se ha convertido en un escollo importante para el proceso de digitalización de la Administración de Justicia en España, tal como reconoció el propio Cubo en unas jornadas organizadas por La Ley. El problema se ha convertido en una urgencia ya que Microsoft ha anunciado que Internet Explorer dejará de tener soporte a partir del próximo 15 de junio. A tenor de lo expuesto por este director general del Ministerio de Justicia, la actualización que se va a llevar a cabo va a ser aprovechada para realizar mejoras adicionales a la posibilidad de utilizar otros navegadores.

Cubo ha señalado que España puede llegar a ser “referente de la transformación digital en el mundo”. Según ha expresado el alto cargo del Ministerio de Justicia, todas las administraciones dispondrán para finales de 2023 del expediente judicial electrónico. Ir al juzgado a recoger documentación será cosa del pasado. Como destaca, tenemos todos los elementos de cara para «impulsar un proyecto que siente las bases de diez años de grandes avances«.

Los planes a los que se refiere Cubo se enmarcan en el Plan Justicia 2030, que contempla una inversión de 400 millones de euros hasta 2023 para implantar infraestructuras digitales homogéneas e interoperables en la Administración de Justicia. En este esquema tienen un papel importante las Comunidades Autónomas, que están trabajando con el Ministerio para implementar las mejoras necesarias, muchas de las cuales son posibles gracias a la llegada de fondos europeos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

En este sentido, Cubo asegura que la digitalización que trajo la pandemia y la inyección de los fondos europeos han sido dos fuerzas de empuje. Repartir el dinero y que todos estén de acuerdo ha sido un avance. Las Comunidades Autónomas se han puesto las pilas para resolver sus deficiencias tecnológicas y la comunicación entre oficinas es fluida. Hay reuniones, contactos y propuestas constantes, señala Cubo. Y sobre todo, hay financiación. «El hito de haber llegado a un acuerdo con todos y de haber repartido el dinero nos permite centrarnos en la ejecución”, destaca.

Hasta el momento, el Ministerio ha conseguido la tramitación automática de 150.000 expedientes de cancelación de antecedentes penales. Este logro, remarca el director general, «ha ahorrado un trabajo ingente a los funcionarios«. Asimismo, señala que hasta el momento, en el ámbito territorial del Ministerio los funcionarios han realizado un total de 200.000 horas de teletrabajo y medio millón de vistas virtuales.

No obstante, reconoce que, en materia de vistas virtuales, hay sistemas que necesitan una renovación urgente. «Para que un juez tenga confianza en un juicio telemático la parte tecnológica tiene que funcionar como un reloj», subraya. La base tecnológica existe. Uno de los avances que ya da frutos, remarca, es la utilización de la Inteligencia Artificial para la textualización de grabaciones.

Cubo afirma que se han producido avances para perfeccionar en el funcionamiento de la Administración de Justicia, aunque reconoce que hay que mejorar la imagen de la Justicia frente a los ciudadanos. Sobre este asunto concreto, el director general mostró su preocupación con que la ciudadanía perciba a la Justicia como algo que «da miedo», y no como un «servicio público». Queda camino por hacer. «No hay información cercana a los ciudadanos y determinadas cuestiones no llegan». Hay, en su opinión, «un problema de comunicación«.

Entiende que este problema puede ser resuelto con proyectos como la creación de una carpeta ciudadana para la Justicia, la implementación de Clave y la puesta en marcha de herramientas que ayuden al ciudadano en sus trámites judiciales. Con todo, Cubo asegura que la transformación es ya una realidad a la que los profesionales «deben adaptarse».