Ø Impugnación
de la lista de acreedores. Calificación como créditos contra la masa de la indemnización por
extinción del contrato de trabajo por falta de pago o retrasos continuados en
el abono del salario (art. 50.1.b del
Estatuto de los Trabajadores) cuando la sentencia se dicta tras la declaración
de concurso. El elemento temporal determinante para la consideración como
créditos contra la masa consiste en que el devengo del crédito se produzca
después de la declaración del concurso. La sentencia del Juzgado de lo Social
que acuerda la extinción del contrato de trabajo por incumplimientos graves del
empleador reviste carácter constitutivo. Por tal razón, tanto la extinción de
la relación laboral como el nacimiento del crédito indemnizatorio
correspondiente operan desde la sentencia firme que lo acuerda. STA
TS 13-07-2016.
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