Ø Impugnación
de junta general de accionistas y de los acuerdos adoptados. Representación de los
accionistas en la junta general. Distinción entre la figura de la solicitud
pública de representación y otros supuestos de representación, como el pacto de
sindicación de acciones y el ejercicio del voto mediante representante. El TS
fija la siguiente doctrina jurisprudencial: «El art. 107.3 LSA (actual art.
186.3 LSC) debe considerarse como una presunción legal que admite prueba en
contrario, aplicable únicamente a aquellos casos en que haya mediado una
solicitud pública de representación en los términos del art. 107.1 LSA (actual
art. 186.1 LSC)». STA
TS 05-05-2016.
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