martes, 11 de abril de 2017

SENTENCIAS FISCALES. 

Ø  IS. Operaciones entre sociedades vinculadas. Valoración a precio de mercado. Existe vulneración del artículo 16 de la Ley 43/1995 y del TRLIS, por haberse aplicado un método de valoración cuya vigencia legal es posterior al devengo de los impuestos comprobados, sin que sea admisible su aplicación retroactiva, dado el mandato expreso de la Ley 36/2006, que establece el régimen de las operaciones vinculadas y, entre sus normas, el método del margen neto del conjunto de las operaciones, para los ejercicios que comiencen el 1 de diciembre de 2006. STA TS 21-02-2017 Enviada como noticia 09-03-2017

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