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La alegación
de la garantía de indemnidad permite la inversión de la carga de la prueba. El
TSJ sostiene que en los casos en que se alega discriminación o vulneración de derechos
fundamentales, si se acredita ésta de forma indiciaria, se invierte la carga de
la prueba. Para que opere este desplazamiento al empresario del "onus probandi"
no basta simplemente con que el trabajador afirme su carácter discriminatorio, sino
que ha de acreditar la existencia de indicios que debe permitir deducir la posibilidad
de que aquélla se haya producido. STA TSJ Asturias 30-06-2016.
lunes, 13 de febrero de 2017
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