miércoles, 15 de febrero de 2017

SENTENCIAS

Ø  Horas extraordinarias. Vigilantes de seguridad. Cálculo de su importe. Plus de transporte y de vestuario. Examen de la naturaleza jurídica de los complementos recogidos en el artículo 74 del Convenio Colectivo de empresas de Seguridad. Aun cuando el Convenio los califica de complemento extrasalarial, tal presunción no ha sido combatida por el sindicato recurrente, limitándose a justificar su petición haciendo alusión a meros extremos formales (cuantía y forma de pago de los pluses). Doctrina jurisprudencial. STA TS 05-07-2016.

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