Ø Horas extraordinarias. Vigilantes de seguridad. Cálculo de su
importe. Plus de transporte y de vestuario. Examen
de la naturaleza jurídica de los complementos recogidos en el artículo 74 del
Convenio Colectivo de empresas de Seguridad. Aun cuando el Convenio los
califica de complemento extrasalarial, tal presunción no ha sido combatida por
el sindicato recurrente, limitándose a justificar su petición haciendo alusión
a meros extremos formales (cuantía y forma de pago de los pluses). Doctrina
jurisprudencial. STA TS
05-07-2016.
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