Ø Constitución
de SL. Descripción de aportaciones no dinerarias. Cuando se aporta un conjunto de bienes
no es necesario indicar el número exacto. Por tanto, cuando –como acontece en
el presente caso– se trata de aportaciones de conjuntos de bienes que no son
considerados en su estricta individualidad, sino que son contemplados en globo,
la norma debatida ha de ser aplicada con suficiente flexibilidad, atendiendo a
su espíritu y finalidad (cfr. artículo 3 del Código Civil). RSL DGRN
07-06-2016. BOE 28-06-2016
jueves, 26 de enero de 2017
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