Presentación de papeleta de conciliación ante el SMAC. Suspensión de los plazos de caducidad del despido
30 Jul, 2018.- Se ha detectado por el Área Procesal Laboral que el SMAC está citando en numerosas ocasiones al acto de conciliación por despido transcurridos más de quince días hábiles desde la presentación de la papeleta de conciliación, lo que conforme al artículo 65 de la LRJS implica que el plazo de caducidad se reanuda aunque no se haya celebrado el acto de conciliación.
Artículo 65 Efectos de la solicitud de conciliación o de mediación previa. Los laudos arbitrales
1. La presentación de la solicitud de conciliación o de mediación suspenderá los plazos de caducidad e interrumpirá los de prescripción. El cómputo de la caducidad se reanudará al día siguiente de intentada la conciliación o mediación o transcurridos quince días hábiles, excluyendo del cómputo los sábados, desde su presentación sin que se haya celebrado.
Os recordamos a los compañeros que os dedicáis al laboral que no deis por hecho que durante el tiempo que media entre la presentación de la papeleta y la citación han pasado quince días o menos y no olvidéis contarlos por si el plazo se ha reanudado antes de la conciliación.
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